TENGO UNA DUDA PARA PRESENTAR UN RECURSO PARA QUE UNA PENSIONADA PUEDA TRAMITAR SU JUBILACIÓN CON MORATORIA EN CUOTAS, DEBO PRESENTARLO POR ACCION DE AMPARO O DE INCONSTITUCIONALIDAD?
La acción declarativa es cuando hay una incerteza en cuanto a la constitucionalidad, pero ojo que es siempre subsidiaria, en caso de presentar un amparo y que haya debido tramitar como acción declarativa te la transforman, pero si presentas inconstitucionalidad y correspondía amparo no la pueden transformar a amparo (por ser subsidiaria)
La pretensión de la mere declarativa no es de condena sino de certeza.
Te conviene Amparo, si el tribunal tiene otro criterio lo transforma.
Ambas figuras se rozan en muchos puntos.
Saludos
Andrea
