tienen primero hacer el reclamo administrativo y agotar la vía. Supongo q sus clientes querrán la incorporación de las sumas no remunerativas que cobran los q están en act.
Hay que ver los decretos si se los pagan o no, mi duda es con repecto al procedimiento administrativo, primero se reclama a la caja policial y luego jerárquico al ministerio del interior para agotar la via no?