rachelcba escribió:Hola a todos: alguien me puede informar si para tramitar una jubilación en el país de una persona que reside en el extranjero, puedo hacerlo con un poder especial (que pase x consulado, apostillé etc.), o necesito que todos los formularios estén firmados y certificados en el extranjero???. Cómo se hace con la clave fiscal, puedo sacarla con poder????. Desde ya muchas gracias. Saludos !!!!!
Hola, sin apostille. Con certificación del consulado, incluso con poder de anses certificado por el consulado, el reglamento consular se modificó en el 2001. Ojo si utilizás moratoria, lee bien la ley, por qué creo que dice que debe residir en el país, los documentos van igual con certificación consular y la afip no te va a oponer inconvenientes, pero por las dudas te paso el nro. de la mesa de ayuda previsional para que les consultes: 011-4347/4408/4413/4419, de 10 a 18.- Sds