Mi consulta más que de derecho previsional es de derecho procesal. Inicié una acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la res. 884/06 de anses....el juez la declara en la sentencia.
En un mismo escrito (anses y PEN) apelan la sentencia y fundan el recurso....la resolución dice "córrase traslado de la expresión de agravios formulada..." esto quiere decir que me la deben notificar por cédula??? la duda serge porque en realidad no se trata de una expresión de agravios sino de un memorial ya que la sentencia es de un jucio sumarísimo.....
otra duda...sigue la resolución "remítase a la cámara, etc....previamente deberá el apelante (anses y pen) acompañar el estampillado postal correspondiente" si no acompañan las estampillas, no se eleva el memorial? y si yo decido contestarlo al memorial, también debo abonar estampillado? cuanto es??
En el caso que no abonen, el estampillado qué puedo hacer para que se resuelva rápido el recurso...
Espero que alguien pueda ayudarme, gracias y feliz día a todos los colegas...
En un mismo escrito (anses y PEN) apelan la sentencia y fundan el recurso....la resolución dice "córrase traslado de la expresión de agravios formulada..." esto quiere decir que me la deben notificar por cédula??? la duda serge porque en realidad no se trata de una expresión de agravios sino de un memorial ya que la sentencia es de un jucio sumarísimo.....
otra duda...sigue la resolución "remítase a la cámara, etc....previamente deberá el apelante (anses y pen) acompañar el estampillado postal correspondiente" si no acompañan las estampillas, no se eleva el memorial? y si yo decido contestarlo al memorial, también debo abonar estampillado? cuanto es??
En el caso que no abonen, el estampillado qué puedo hacer para que se resuelva rápido el recurso...
Espero que alguien pueda ayudarme, gracias y feliz día a todos los colegas...
