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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #221468  por LorenaM2008
 
DUDAS SOBRE SICAM Y SDM.

Sra. De 60 años, 7 meses (Exceso de edad 7 meses)
Cumplió 18: 9/1/1966

Me pasaron una tabla de calculos para beneficios con SDM, y de ahí resulta que:

Deuda: 24 años 7 meses
SICAM: Sit de revista: 2/1966 a 9/1993

Art 3 ley 24476: 3 años

Pregunta: esos son los años que puedo invocar beneficio para achicar cuotas?

Por SDM me surge que debo comprar 26 meses del 04/2000 al 05/2002 – que se debe presentar ddjj por formulario 102

Ahora bien:
- Me dijeron que los años de ddjj del SDM son los que me sirven para poner como beneficio en el SICAM y que se me achiquen las cuotas. Lo que no entiendo es que me surge que el SDM debo hacerlo desde 04/2000 al 05/2002 y me pasan esta tablita
-
Y que periodos aplicas beneficios? y los que resulten mas caros,asi se te achicara la cuota,te paso la tablita:
06/1977-09/1980 $58
04/1984-09/1991 $56,50
01/1973-05/1977 $50
01/1971-12/1972 $48
10/1991-06/1994 $ $46,50
10/1980-03/1984 $46,50
01/1955-12/1970 $39

donde no surge esos períodos sino otros… la verdad se me hizo una ensalada barbara

O son dos cosas diferentes?
Tomo 2 años del SDM desde 04/2000 por un lado para la decla, y por otro lado los 3 años de beneficio para el SICAM los tomo de esta tablita?

HELP!!! je

 #221487  por Parri
 
Lorena, en primer lugar, si la sra tiene 60 años y 7 meses SOLO podes tomarte 3,5 meses de exceso de edad.
En segundo lugar, la sra tiene que "llegar" a los 30 años. Desde el 2/66 al 9/93 tenés 27a - 8meses a eso tenes que sumarle 3,5 meses de exc. edad
El total seria 27 a 11,5 meses , es decir que te faltan 2 años para cumplir con los 30 q exige la ley para poder jubilarla.
Entonces podes comprar aportes en SDM: en tu caso particular yo compraria 25 meses. Y si te fijas en la ley 24476, las personas q hayan cesado en 2002, pueden tomarse 3 años como ddjj...saludos

 #221525  por LorenaM2008
 
Parri escribió:Lorena, en primer lugar, si la sra tiene 60 años y 7 meses SOLO podes tomarte 3,5 meses de exceso de edad.
En segundo lugar, la sra tiene que "llegar" a los 30 años. Desde el 2/66 al 9/93 tenés 27a - 8meses a eso tenes que sumarle 3,5 meses de exc. edad
El total seria 27 a 11,5 meses , es decir que te faltan 2 años para cumplir con los 30 q exige la ley para poder jubilarla.
Entonces podes comprar aportes en SDM: en tu caso particular yo compraria 25 meses. Y si te fijas en la ley 24476, las personas q hayan cesado en 2002, pueden tomarse 3 años como ddjj...saludos
Ah bien, me queda más claro.
Y por esos 25/26 meses tengo que completar el formulario 102, uno por cada uno de los meses? y pagarlos a $55 c/mes?

Y cesando en el 2002, efectivamente puedo tomar 3 años de ddjj pero cómo lo manifiesto esos 3 años en el SICAM?

Lo pongo como beneficio del art 3 y qué períodos me conviene tomar?

 #222445  por Parri
 
Así es, en sicam te podes tomar por ej, desde 06/1977 al 05/1980, que son de los periodos mas caros, saludos