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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #219829  por Maricel
 
Para poder demostrar un concubinato me esforce muchisimo (no coinidencia de domicilio en DNI, no recibos de servicios con domicilio de ella, no hijos, etc). Previo hice convenio de honorarios para iniciar pension y pagare.
Me rogaba que demostrara el concubinato y que le cobrara lo que fuera con tal de poder pensionarse.
Fuimos a hacer poder en AFJP, saque muchas fotocopias,etc. pero hasta tener sentencia favorable pasaron 13 meses. Le avise sobre la sentencia, incluso me entere que fue a ver el expte. No le envie cedula de notificacion. La mujer me vino a decir que una abogada le daba el dinero para el pago de mis honorarios (porque resulta que ahora ella es superindigente a pesar que es jubilada) a cambio de hacer la pension ella.
Me envio, esta abogada, carta de sustitucion de patrocinio, que me llego un viernes al mediodia. El lunes a 1ra. hora lleve la cedula y escrito apelando honor. por bajos y me encuentro con que esta fuera de letra.
Se puede presentar escrito antes que yo me entere de la sustitucion? Razones de urgencia no hay porque la pension,segun afjp, va a demorar unos 12 meses.
Estoy indignada. Me consuela el pagare.
Que opinan al respecto?

 #219851  por Parri
 
hay algo que no queda muy claro de tu relato. Por lo que contas, vos tramitaste la pension y ya salió acordada. La nueva letrada: que haría? no entiendo....
Por otra parte por tu trabajo te corresponden honorarios hasta lo actuado. Lamentablemente es así nuestro trabajo....y si tenes pagaré, tenes un gran camino allanado, suerte

 #219865  por Maricel
 
Hola, gracias por tu opinion. Te aclaro, termine la informacion sumaria probando que eran concubinos. Ahora comienza otra etapa. Obtenido el testimonio se presenta en la afjp para iniciar la pension donde ya habiamos tramitado el poder pero es justamente ahi donde esperaba tener mi ganancia en cuanto a honorarios.De ahi el interes de la otra abogada. En etapa judicial me regularon el minimo.

 #219870  por Parri
 
Ah, ahora queda más claro. Tal como expones, la opción sería apelar los honorarios y/o ejecutar pagaré....con respecto a la sustitución de patrocinio nada queda por hacer, ya que no podes compeler a una persona a que realice con vos el trabajo, por más expectativas que tengamos, no es JUSTO, pero es así...
La única opcion que me ocurre en este momento es hacer un convenio en donde se pacta que , por ej, en el caso de rescindir intempestiva y sin fundamento el contrato del cliente con el profesional (vos) de realizacion de tramite jubilatorio, el cliente deberá indemnizarte con xxxxx pesos, en fin. saludos, esperemos opiniones tal vez más optimistas del resto de los colegas, adios

 #221260  por empí©docles
 
Quién es el que no tiene ética??? No confundamos el diploma con una ametralladora...

 #221292  por FREDY44
 
Maricel, te entiendo, yo no soy abogado, soy contador, pero realmente la etica entre colegas como le dicen uds. no me la enseñaron en la facultad y con el libreto del codigo de etica que me dieron en mi consejo profesional de ciencias economicas, mejor no te digo lo que hize... :lol: en realidad situaciones como esta en la calle se dan muy a menudo, lamento al que moleste mi opinion y pido disculpas, pero la etica es algo tan abstracto en una selva como la Arg.. que mejor no buscarle un significado... si duele .... ??? si te contesto, duele... pero son las reglas de profesiones totalmente desreguladas, mejor dicho reguladas por consejos de corruptos ineficientes burocraticos... yo siempre dije este pequeño mundo en el que me enseñaron que hay otra gente que es este foro previsional, en donde la gente da algo .. (su tiempo, conocimientos, compresion,etc) en esta Argentina de hoy por hoy HAY QUE CUIDARLO MUCHISIMO... por que realmente no existe.

Besos

FEDE y no te calientes, esta lleno de clientes asi y colegas de esos. :arrow:

PD: Yo hize una jubilacion, y te voy a resumir la anecdota, teniendo todo el laburo hecho el 95% del sicam armado, la señora manda a su hijito, me cambiaron la clave fiscal y adios mi trabajo, perdi todo mi trabajo, y cuando la llamo te digo no la ejecute, por que su marido estaba enfermo, que si no le hago la vida imposible, que va hacer... esto es una selva, y este foro una comunidad de otro pais, o de este pais pero del que hay que seguir de ejemplo, del que construye trabajando todos en equipo....

Besos y sorry si moleste a alguien con mi coments.

 #221294  por lgaray
 
Maricel: para la próxima tené en cuenta que podrías haber iniciado la pensión en Origenes con la constancia del inicio de la Sumaria.
Y ahora, solo llevabas la sentencia, pero el trámite estaba presentado a tu nombre y estabas cubierta.

 #223363  por Maricel
 
Gracias por sus opiniones. Comprendo que si uno pierde la confianza en su abog. no queda otra que sustituirlo pero la indignacion es terrible porque la sra. estaba al tanto de cuanto iba a regular el juez aproximadamente con bastante anticipacion y cuando lo hizo (por el minimo) queria que yo retirara testimonio sin siquiera abonar los aportes de ley.
Tengo convenio por tramite ante Afjp con clausula por revocacion del poder o rescision unilat. del cliente pero me da cosa porque bestialmente, meti de honorarios 3 haberes y 20 % del retroactivo (Aclaro que fue mi 1er caso como abog, tal vez para justificarme). El fallecido cobraba muy bien.
No sabia que como dice lgaray, con constancia de inicio de inf. sumaria podia adelantar lo de la afjp, si bien ya habiamos firmado poder, F 572, certif de pluricobertura, etc que tengo en mi poder, sin llenar, solo firmado por mi ex cliente. Igaray: Debi llenarlos y llevarlos con la constancia?
Igualmente, pese a ser sumamente desconfiada, esta sra. demostraba cierto poder adquisitivo (jubilada, sin flia )ofreciendome lo que fuera para que saliera favorable y cuando ya tenia sentencia ...
Recuerden que, ademas de aperlar por reg. baja de honor., cubierta estoy con el pagare pero me da bronca porque no era necesario esto aunque esta mujer nos va a dar de comer (le embargare) a 2 abog.

 #223595  por lgaray
 
Si, debiste completar toda la documentación que te dieron en la AFJP, y presentar todo junto a la constancia del inicio de la Sumaria.

Y ojo con el reclamo, la 17040 indica dos haberes, resulte lo que resulte el haber de la prestación.
Y ni se te ocurra mencionar lo del 20 % del retroactivo porque conozco casos de abogados denunciados por hacerlo.-

 #223666  por empí©docles
 
Atinado consejo: no reclamar más que por lo regulado por la 17040, y le van a embargar el 20 por ciento delcálculo del haber menos la cuota de moratoria.- Ej.: 690-200=490 = $98,00.-
 #223887  por gabita
 
consejo apela los honorarios , y trata de cobrarselo embargando jubilacion pension o lo que sea, y por el resto ni te preocupes la gente es asi ( GUACHA) cuando las papas queman viene y te dan todo y cuando esta encaminado y queres cobrar ya no sirve mas asi que ni te calentes , trata de cobrar o trabarle las cosas en el expediente y fue
 #224370  por cinti2
 
Hola, queria dar mi opinión. No creo que haya ninguna falta de ética, sobre todo porque se te notificó la sustitución de patrocinio. En provincia de bs. as. desde el momento en que se deja la notificación en el Colegio de Abogados (ellos la tramitan) el abogado nuevo puede presentarse en el expte.
Yo veo que en la práctica hay muchos casos en los que los clientes cambian de abogado, se da por un lado la desesperación de la gente que no entiende los tiempos de la justicia, y por otro lado que hay mucha competencia profesional. Nunca me paso que un colega me saque un caso, pero seguramente me va a dar bronca.
Igualmente, una cosa que quería decir, es que el covenio de honorarios no sirve de nada, en primer lugar porque no es válido en materia previsional y en segundo, porque no se puede embargar la jubilación.
Y no sé si yo realmente iniciaría una ejecución contra un ex cliente, trataría de cobrarle lo que pueda y después me olvidaría, total la mayoria de la gente paga.

 #224384  por cristiancordoba
 
No estoy de acuerdo con que el convenio de honorarios no sirva de nada. Y la jubilación, hasta el 20%, es embargable.
Por supuesto que iniciaría ejecución contra un ex cliente. Y si tienen una casa o auto o lo que sea se lo embargo y lo ejecuto.

 #224419  por lgaray
 
La jubilación es embargable por litis expensas y por alimentos.
La 24241 es clara en ese sentido.
O, según la 17040 por honorarios por el trámite presentado y no cobrado, donde se acredite que estaba apoderada por la titular.
Tiene convenio por trámite ante AFJP, que no presento, solo retiro documentación o cartilla.
El mismo convenio la hunde hasta el fondo del mar por pretender cobrar lo que no está estipulado por la 17040 (3 haberes y porcentaje de retroactivo)
Si la otra abogada la asesora correctamente, seguramente se lo dirá, como le debe haber dicho que la Sra. perdió retroactivo de Anses por no haber sido iniciado cuando tuvo la constancia de la Sumaria.
La AFJP paga desde el fallecimiento, Anses, no.
Y esto, también le jugaría en contra a Maricel.
Lo único que le queda es que le regulen los honorarios por la I. Sumaria, creo.
El trámite, ya lo perdió.

 #224550  por VIGA
 
[quote="empédocles"]Atinado consejo: no reclamar más que por lo regulado por la 17040, y le van a embargar el 20 por ciento delcálculo del haber menos la cuota de moratoria.- Ej.: 690-200=490 = $98,00.-[/quote]

Este consejo no solo atinado sino justo.... yo no soy abogado, simplemente un humilde gestor.... no apodero a mis clientes, les cobro solo el sicam antes y un haber cuando sale el beneficio, jamas le hice firmar un documento a nadie (ni en blanco, ni en negro), los turnos los saco en nombre del titular. Hago jubilaciones desde hace 13 años... muchas sin cargo, ya que era funcionario en el Concejo Deliberante y como operador de Politica Social, en donde me desempeñe durante 10 años... Cuando terminé mi gestión en solo un año y medio hice 350 beneficios... algunos gratis, por análisis social y otros cobrados tal como les dije... Nunca alguien me dejo de pagar el mismo dia en que cobro su retroactivo.
Cuando era funcionario muchas veces escuche a las personas denunciar a uno que otro abogado de la zona por el compromiso de pagarle 3 haberes... que la Ley no permite (ademas del sicam que no esta regulado, te pueden cobrar cada uno lo que quiere) y no podía dejar de preguntarme porque tanto si la gestion previsional es un trámite administrativo y no juridico.... que de hecho la anses debería realizar de manera gratuita.... todo .. sicam, determinacion de derecho, gestion ... en fin todo....con los años comprendi que esto es la ARGENTINA.... el pais para todos... menos para quienes mas lo necesitan...
Yo amo lo que hago y si bien no solo vivo de esto, me ayuda a mantener dignamente a mi familia, trato a diario con abogados por otras cuestiones y les aseguro que lo que leo y veo en este foro.... no es lo que abunda.... lo mismo senti durante mi paso por la politica.... de hecho no es mala... es una actividad bellisima.... malos son quienes la realizan todos los dias.... o acaso nadie sintio verguenza de los politicos que nos representan.... yo si .... casi todos los dias !!!!.
Que cada uno haga su tarea, lleve a cabo su profesion u oficio con dignidad.... es un deber de todos... si ademas podemos vivir haciendo lo que nos gusta y llena de placer.... Mejor !!!!.... los otros ... los que especulan, se valen de la buena fe, utilizan a otros para crecer, mienten y generan falsas expectativas.... se caen por su propio peso...
Felicito a todos en este foro... son la mayoria profesionales y humanos..... humanos, algo que no debemos dejar de lado.
Que tengan un bello dia !!!!