Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RENUNCIA DE PERIODOS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #219810  por Abogada Principiante
 
Hola a todos!!!!

Tengo una duda: Si yo quiero hacer el cese ficto en determinado año, pero resulta que con posterioridad a ese año la persona se encuentra inscripta en autónomos y tiene meses pagos (sin deuda) se pueden renunciar?

Porque tengo el caso de una señora que está inscripta desde 1984, pero nunca pago casi nada. Tiene unos años pagos en el 2004, pero como sale con deuda de intereses (por pagar fuera de término) los pensaba renunciar. Pero resulta que en mayo de 2005 tiene un pago (sin deuda de intereses) y si no lo puedo renunciar, no puedo hacer el cese ficto antes de esa fecha y entonces no puedo tomar más de dos años de declaración jurada y consecuentemente las cuotas se me pasan de $360 y por ende no se las descontarían de futuro haber a cobrar.

Qué opinan?

Saludos!!!!!

 #219867  por rachelcba
 
Hola: Los pagos se pueden renunciar pero el cese siempre te lo toman al último pago. Yo tomaría todos los pagos, aún los que tienen deuda de intereses que los podés pagar y siempre sale más barato que comprar meses enteros. Fijate si tomando todos los pagos y cambiándole la actividad de autónomo ( en los períodos presciptos) por una más barata, te da una cuota más baja. Suerte !!!!!

 #219900  por Abogada Principiante
 
rachelcba escribió:Hola: Los pagos se pueden renunciar pero el cese siempre te lo toman al último pago. Yo tomaría todos los pagos, aún los que tienen deuda de intereses que los podés pagar y siempre sale más barato que comprar meses enteros. Fijate si tomando todos los pagos y cambiándole la actividad de autónomo ( en los períodos presciptos) por una más barata, te da una cuota más baja. Suerte !!!!!
Hola rachelcba!

Voy a probar. Pensé que yo no podía cambiar la categoría en la que ella se inscribió!

GRACIAS!!! Luego te cuento cuánto me da.

Saludos!!!!!

 #219910  por rachelcba
 
Hola: respecto de la actividad respetala sólo desde la fecha de inicio y un par de meses más, y después cambiala, siempre en períodos prescriptos, no? Así lo hice en varios casos y me ha ido bien. Suerte !!!!