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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #218442  por SHT
 
tengo un expte. pension directa en codigo 15 en etapa de resolucion, en cuantos dias habiles saldria resolucion otorgando o no la pension, depende de la udai donde tramite? si se otorga que pasos son los a seguir es una pension a abonar por afjp met, habria que optar ante la afjp la modalidad de pago de las prestaciones cual conviene?, desde ya muchas gracias por responder y saludos, es mi primer pension q hago, please una respuesta.-
 #219191  por Serrana 2008
 
por lo general tardan 7 meses, si es autonomo puro a veces tardan menos, cuando ANSES aprueba el mes de pago es el siguiente (siempre que sea ANTES del cierre de periodo, que creo son los 5 de c/mes)como el agente pagador es una AFJP tenes que esperar un mes mas. En cuanto a la modalidad para mi gusto el RETIRO PROGRAMADO es mejor porque le asegura SIEMPRE el minimo, no se que opina el resto...
 #219192  por Serrana 2008
 
por lo general tardan 7 meses, si es autonomo puro a veces tardan menos, cuando ANSES aprueba el mes de pago es el siguiente (siempre que sea ANTES del cierre de periodo, que creo son los 5 de c/mes)como el agente pagador es una AFJP tenes que esperar un mes mas. En cuanto a la modalidad para mi gusto el RETIRO PROGRAMADO es mejor porque le asegura SIEMPRE el minimo, no se que opina el resto...
 #219193  por Serrana 2008
 
por lo general tardan 7 meses, si es autonomo puro a veces tardan menos, cuando ANSES aprueba el mes de pago es el siguiente (siempre que sea ANTES del cierre de periodo, que creo son los 5 de c/mes)como el agente pagador es una AFJP tenes que esperar un mes mas. En cuanto a la modalidad para mi gusto el RETIRO PROGRAMADO es mejor porque le asegura SIEMPRE el minimo, no se que opina el resto...
 #219592  por lgaray
 
Serrana 2008 escribió:por lo general tardan 7 meses, si es autonomo puro a veces tardan menos, cuando ANSES aprueba el mes de pago es el siguiente (siempre que sea ANTES del cierre de periodo, que creo son los 5 de c/mes)como el agente pagador es una AFJP tenes que esperar un mes mas. En cuanto a la modalidad para mi gusto el RETIRO PROGRAMADO es mejor porque le asegura SIEMPRE el minimo, no se que opina el resto...

si es un trámite con participaciòn de Anses, en cualquiera de las tres opciones le corresponde la mínima.
A no ser que sea una válidación de servicios donde no esta asegurada la minima y hay que pelearla judicialmente.-