Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Modelo de pedido de revisión

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #213705  por andrea37
 
Hola! me denegaron una pensión directa, que entra dentro de las excepciones de la circular 70/06. El derechohabiente tiene problemas cardíacos y pretendo resolverlo lo más rápido posible. Consulté en el 0800 del anses y me dicen que presente una nota solicitando que revisen el expediente, sin turno, que no sea un recurso de reconsideración ni recurso de revisión, dicen que es un pedido de revisión. Alguien tiene algún modelo?? voy mañana, S.O.S!!
 #213762  por laugo
 
andrea37 escribió:Hola! me denegaron una pensión directa, que entra dentro de las excepciones de la circular 70/06. El derechohabiente tiene problemas cardíacos y pretendo resolverlo lo más rápido posible. Consulté en el 0800 del anses y me dicen que presente una nota solicitando que revisen el expediente, sin turno, que no sea un recurso de reconsideración ni recurso de revisión, dicen que es un pedido de revisión. Alguien tiene algún modelo?? voy mañana, S.O.S!!
PLANTEA RECURSO DE REVISIÓN



A: Sra. Gerente xxxxxxxxxxxxx

xxxxxxxx, 4 de xxxx de 2007

De mi mayor consideración,


Titular: xxxxxxxxxxxx
Exp.: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx


xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx abogada Tº xx Fº xxx C.P.A.C.F, con domicilio constituido en xxxxxxxxxxxxxxxx Nº xxxx Dto. 4º de la Ciudad de xxxxxxxxxxi, en carácter de apoderada del Sr. xxxxxxxxxxxxxxx, con DNI Nºxxxxxxxxxxxx, a la Sra. Gerente digo:

Por medio de la presente, vengo en legal tiempo y forma a plantear recurso de revisión ante la CARSS, solicitando en consecuencia que el presente sea recepcionado ante esta UDAI, y remitido a la Comisión, dentro del plazo de diez días hábiles administrativos, de conformidad con la normativa vigente.


Sin más saluda a Usted Atte.




( en hoja aparte )

A: COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE REVISIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL.


De mi mayor consideración,

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Tº xx Fº xxx C.P.A.C.F, con domicilio constituido en Calle xxxxxxxxxxxxxNº XXXX Dto. 4º, de la Ciudad de XXXXXXXXXX, en carácter de apoderada del Sr. XXXXXXXXXXXXX, con DNI Nº XXXXXXXXX, a la Comisión Administrativa respetuosamente digo:

Que por medio de la presente, vengo en legal tiempo y forma a plantear recurso de revisión ante esta Comisión, contra la Resolución Nº 2095 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, dictada en el Expediente Nº 024-XXXXXXXXXX, de fecha 09/04/2007, habiéndome notificado de la misma, con fecha 22/05/2007, en la referida resolución se concede el beneficio de Prestación Anticipada por Desempleo, conforme Ley 25994 Art. 2, a mi poderdante, pero consignando erróneamente como fecha inicial de pago 04/04/2007.- Cuando en realidad el formulario de solicitud de trámite, fue presentada ante esa Administración, con fecha 21/09/2006.-

Interpongo este recurso atento que la resolución recaída, no se ajusta a derecho, fundo mi postura, en las consideraciones de hecho y de Derecho, que a renglón seguido expongo:

Mi poderdante, presenta ante la UDAI de Ciudad de ....................., el formulario de Solicitud de Prestación Anticipada por Desempleo Art. 2 Ley 25994, por triplicado, junto con la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, con fecha 21/09/2006.-. El formulario fue recepcionado y asimismo anoticiado, de que dentro de los cuarenta y cinco días hábiles subsiguientes, le sería notificado el resultado de la solicitud, y citado, en el supuesto de corresponder, a presentar la documentación respaldatoria. Demás esta decir, que esa Administración nunca le notificó el resultado de su presentación, que en numerosas oportunidades reclamó ante la UDAI, el responde a su petición. Hasta que en mes de Diciembre de 2006 o primeros días del mes de Enero de 2007(no tenemos presente la fecha exacta), es anoticiado de que debía presentarse ante la UDAI, con el objeto de acompañar fotocopia de su DNI, ya que la anterior presentación adolecía de la referida documentación, bien sabemos que no fue así, pero sin perjuicio de ello, se presento en la UDAI y acompañó una nueva fotocopia de su Documento, conjuntamente con el poder otorgado a la dicente. Permítase acotar que el Sr. Lescano cumplió en tiempo y forma el requerimiento efectuado, y que a pesar de ello, esa Administración siguió sin expedirse sobre el tema. Esperado que fuera un tiempo razonable, comencé a reclamar la resolución de la presentación, obviamente, sin obtener ningún tipo de respuestas. Asimismo consulte de modo telefónico al 0800-2226737, quienes me manifestaron que el reclamo y solución del tema, debía proporcionarla la UDAI donde había ingresado la solicitud, es así, que en el mes de Marzo de 2007, realice el reclamo ante la Sra. Supervisora del Sector de Ingreso de Beneficios, quien me indicó no esperar más la notificación de la resolución, que en ese momento gestionara ante un operador del sector de Orientación, la solicitud de un turno para Jubilación Ordinaria, y que en el momento de presentar el trámite, acompañara el formulario de solicitud de Prestación Anticipada por Desempleo oportunamente presentado, que se recaratulaba el trámite y que se respetaría la fecha inicial de pago.

Muy por el contrario a lo informado por la Supervisora del área, el trámite fue recibido y recaratulado, pero no se tuvo en cuenta una vez acordado el Beneficio, que la fecha inicial de pago, debía ser 21/09/2006, época en la cual efectúo la primera presentación mi poderdante.

Por lo expuesto queda claro, que a mi representado, nunca se le informo el resultado de su solicitud de trámite. Que la Administración omitió notificarlo. Más aún, en el supuesto de que la referida presentación hubiera sido rechazada, corresponde de todos modos anoticiarlo. Demás esta decir, que como consecuencia de la irregularidad con que la ANSES manejo el tema, es que se ve obligado a continuar la tramitación del modo detallado Up Supra.

Sírvase esa Comisión observar, que todo lo acontecido escapa a la voluntad del titular del derecho, y solo puede atribuirse al mal desempeño de la Administración. La falta de respuesta generó una confusa situación, donde surge como único damnificado mi poderdante, el silencio por parte de la ANSES, le ha ocasionado un grave perjuicio, el cual de cierto modo puede ser reparado, haciendo lugar a la modificación de la fecha inicial de pago solicitada. A todas luces queda demostrado, que si la ANSES, se hubiera desarrollado dentro del marco de la normativa vigente, y en consecuencia hubiese resuelto y notificado en tiempo y forma la presentación realizada (independientemente de su resultado), no se hubiese producido, el hecho generador del presente reclamo.

En consecuencia solicito:


Se tenga por presentado en tiempo y forma el recurso, haciendo lugar al mismo.
Se revoque la resolución de fecha 09/04/2007, en relación a la fecha inicial de pago.
Se ordene una nueva liquidación del retroactivo, conforme la fecha real de inicio de trámite.

Sin otro particular, saluda a Uds. cordialmente.,

 #214426  por andrea37
 
Mil gracias laugo, cualquier cosa en que te pueda ayudar, a tu disposición!