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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #210361  por YAGI
 
MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE:
Una Sra. (docente) jubilada por anses, que sigue trabajando realizando aportes a pcia, desde hace mas de 30 años, puede jubilarse tambien por IPS? y mantener ambas jubilaciones??
Muchas gracias!

 #210559  por maria juana
 
aca en cordoba me comentaron de un caso asi... pero no puedo asegurarlo

 #210619  por lgaray
 
Por algo piden ahora las Certificaciones Negativas. Justamente por esto que planteas.
Existe la reciprocidad entre las Cajas.
No.-

Distinto es con algunas Cajas Profesionales.

 #211820  por hakki72
 
Estimada Igaray: En el caso de las cajas de profesionales se puede aportar al monotributo (ANSES) y a la caja al mismo tiempo para tener doble jubilación? Desde ya muchas gracias.

 #212024  por lgaray
 
hakki72 escribió:Estimada Igaray: En el caso de las cajas de profesionales se puede aportar al monotributo (ANSES) y a la caja al mismo tiempo para tener doble jubilación? Desde ya muchas gracias.

Si.
Tengo médicos jubilados por el Arte de Curar y además por Anses porque eran médicos de Pami. Son Cajas distintas y tienen derecho a cobrarlas
Pero este médico si tambien hubiera tenido un trabajo en la Pcia., ahi si no hubiera podido jubilarse tambien por la Pcia.
Por Anses o la Pcia.

 #212307  por hakki72
 
Muchas gracias por la aclaración. Surgió la duda por cuanto en mis inicios trabaje en relación de dependencia y si vale la pena aporto la parte proporcional del monotributo para poder sacar las dos jub. en el futuro.

 #212796  por Pablo_Flopar
 
Hola, no, no puede jubilarse por ambas cajas. En todo caso, lo que puede hacer, es dar de baja el beneficio en Nación y jubilarse por Provincia, si es que la jubilación del IPS le es más beneficiosa (y si por provincia tiene más años de aportes que por Nación.

Si tenés dudas, decime, y profundizo sobre las normas que fundamentan mi respuesta.

Saludos

Pablo
 #212984  por florencia Bortoluzzi
 
hola en el caso de los militares pueden tener las dos (siempre y cuando paguen el total de la deuda) es decir la del anses y la del retiro

 #220958  por YAGI
 
Y que pasa con los aportes???, insisto ya que me aprece muy injusto, en el caso que planteo se tratan de 30 años de aportes a Anses, (caja por la cual mi cliente e encuantra jubilada), y 32 años de aportes a ips.
Es injusto que si le descontaron durante 32 años, ahora no cobre nada....
No hay fallos donde se haya declarado la incostitucionalidad de la ley que saco la doble jubilacion??
Muchas Gracias!!

 #220976  por leamolli
 
hola. MI OPINION.
no es injusto que no pueda sacar las dos jubilaciones por que para eso existe el regimen d reciprocidad. lo que tendrias que hacer es llevar esos años de una caja a la otra para que la jubilacion aumente de acuerdo a los años de servicios.

 #220985  por maria soledad
 
Pablo_Flopar escribió:Hola, no, no puede jubilarse por ambas cajas. En todo caso, lo que puede hacer, es dar de baja el beneficio en Nación y jubilarse por Provincia, si es que la jubilación del IPS le es más beneficiosa (y si por provincia tiene más años de aportes que por Nación.

Si tenés dudas, decime, y profundizo sobre las normas que fundamentan mi respuesta.

Saludos

Pablo
en el caso de una docente jubilada de 63años que despues de jubilarse trabajo 20 años (no llega a los 30) en el gobierno de la ciudad como administrativa con un sueldo de casi 2000 a la fecha y la intiman a jubilarse .. no tendria derecho a otro beneficio?

 #221136  por empí©docles
 
No, porque es Nación y Provincia.- Hay un decreto ley Nº 9316/46 que establece, desde entonces, la reciprocidad jubilatoria y a la que las pcias. fueron adhiriendo.- Reconoce por una e incrementa con eso el haber jubilatorio de la otra.- Lean el de. que es muy claro; y además la ley 24.241 establece el principio de beneficio único.-