1.- Los 30 años podes comprarlos siempre y cuando la persona llegue con la edad...es decir...desde los 18 años hasta el 9/93 (fecha hasta la cual podes comprar por moratoria)
Lo importante es que esta inscripto en autonomo, es lo que te permite acogerlo a la moratoria (por asi decirlo) y comprar los aportes faltantes, sin importar la fecha de inscripcion. En tu caso se inscribio en el año 92 pero podes iniciar la situaicn de revista desde el mes siguiente al que cumple los 18 años.
2.-Comprar lo que te falta para llegar a los 15 años podrias hacerlo, pero comprar esos 8 meses que te faltan para llegar a los 12 dentro de los ultimos 60 meses no se puede, o sea, la regularidad no se compra a mi entender...tiene que estar depositado en tiempo y forma, aunque en el foro varios han planteado que compraron aportes en Servicio domestico para llegar a esos doce meses, para mi no es viable.
entonces: -para completar la cantidad de aportes requeridos (sea 30 años cuando no llega a ningun tipo de regularidad....sea 15 años cuando tiene 12/60) podes hacerlo por moratoria.
-para llegar a la regularidad no podes, ya que deben estar en tiempo y forma.
En tu lugar lo que haria es comprar lo que te falta para llegar a los 30 años.
Te paso un link del foro:
viewtopic.php?t=4182&highlight=requisitos+pension