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  • Puedo comprar años anteriores a 1994 para aumentar jubilacio

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #210018  por mailen
 
Hola al Foro: Quisiera saber si alguien sabe responderme a lo siguiente: Yo puedo comprar por SICAM años anteriores a 1994 para aumentar una jubilación? aclaro. Le llego la Resolucion a un Sr. se jubilo como chofer colectivo -tiene 60 años lo que necesitaba por el prorrateo ya que tenia serv. comunes e insalubres en total tenia 22 años aportados. le faltaban 8. Como no queria ya seguir trabajando más, y en realidad no tenia ninguna enfermedad como para tramitarle pension, decidio acogerse a la moratoria y compro esos años. El tema es que le llego el haber jubilatorio muy bajo en relacion a lo que cobraba (ultimo haber $3.400 y el haber incial le llego $589,00). Aclaro ademas esta en AFJP. Mi pregunta es como tiene un periodo que va del 84 al 88 como inactivo, si se pueden comprar esos años por sicam y hacer un reconocimiento deello para luego pedir un reajuste. Gracias a toda ayuda que puedan brindarme.-
 #210506  por ivanna505
 
mailen escribió:Hola al Foro: Quisiera saber si alguien sabe responderme a lo siguiente: Yo puedo comprar por SICAM años anteriores a 1994 para aumentar una jubilación? aclaro. Le llego la Resolucion a un Sr. se jubilo como chofer colectivo -tiene 60 años lo que necesitaba por el prorrateo ya que tenia serv. comunes e insalubres en total tenia 22 años aportados. le faltaban 8. Como no queria ya seguir trabajando más, y en realidad no tenia ninguna enfermedad como para tramitarle pension, decidio acogerse a la moratoria y compro esos años. El tema es que le llego el haber jubilatorio muy bajo en relacion a lo que cobraba (ultimo haber $3.400 y el haber incial le llego $589,00). Aclaro ademas esta en AFJP. Mi pregunta es como tiene un periodo que va del 84 al 88 como inactivo, si se pueden comprar esos años por sicam y hacer un reconocimiento deello para luego pedir un reajuste. Gracias a toda ayuda que puedan brindarme.-
Los sueldos que Anses, tien en cuenta para determinar el haber son los declarados por el empleador en las declaraciones juradas, no te guies ni por los de la certificacion, ni por los de los recibos, poque al final lo que cuenta es lo declarado, sobre cuya base se hizo el aporte, los choferes suelen cobrar una parte en negro, revisa en un telex de aportes si se hicieron y sobre q sueldos, esta la plata en la afjp? acordate que la pc, se detrmina sobre el sueldo de los ultimos 10 años trabajados y aportados, y que si le compraste alguno de esos años te baja el haber porque los aportes son minimos y te licuan la jubilacion, ya te lo jubilaron con lo que el tenia, no le van a hacer un reajuste comprando moratoria, pero yo que vos revisaria el expediente, me notificaria de la determinacion, y verificaria los aporte, sueldos, etc, para ver si el calculo està bien y sino lo esta si estas a tiempo presento recurso ante carrs sino reajuste.

 #210687  por mailen
 
Ivanna: Te comento que los ultimos 10 años tomados por ANSES son todos como relacion de dependencia como chofer, yo mire en el detalle que ANSES le envio sobre los que tomo, y por lo menos los de los ultimos dos años coinciden con los recibos.- Los que se compraron como autonomos son del año 67 a 73 viejos, si bien es verdad, esos figuran como un ingreso bajo. Pero los ultimos 10, son como chofer en relacion de dependencia. Te consulto, esos diez que toma ANSES son los que le coloca en el detalle de remuneraciones en la parte de la resolucion que dice: DETALLE DE REMUNERACIONES?. Tambien te pregunto, esos aportes como autonomos son 7 los que sse compraron, también se toman en cuenta para el ingreso base? o solamente los ultimos 10 años. Te agradezco mucho la ayuda, ya que estoy "desesperada" viendo como puedo hacer.-

 #211756  por ivanna505
 
mailen escribió:Ivanna: Te comento que los ultimos 10 años tomados por ANSES son todos como relacion de dependencia como chofer, yo mire en el detalle que ANSES le envio sobre los que tomo, y por lo menos los de los ultimos dos años coinciden con los recibos.- Los que se compraron como autonomos son del año 67 a 73 viejos, si bien es verdad, esos figuran como un ingreso bajo. Pero los ultimos 10, son como chofer en relacion de dependencia. Te consulto, esos diez que toma ANSES son los que le coloca en el detalle de remuneraciones en la parte de la resolucion que dice: DETALLE DE REMUNERACIONES?. Tambien te pregunto, esos aportes como autonomos son 7 los que sse compraron, también se toman en cuenta para el ingreso base? o solamente los ultimos 10 años. Te agradezco mucho la ayuda, ya que estoy "desesperada" viendo como puedo hacer.-
te cuento: el ahaber jubilatorio se forma asi: PBU art 20 ley 24241,inc. a 2/5 mopre con 30 años de aportes (200$) o + de 30 Años hasta 45 Años de aportes se incrementa 1% por año adicional de los 30 años (200 + ---%)
PC art. 24 ley 24241 (1/5% x años de servicios etc.calculados sobre el promedio de remuneraciones con aportes de los 10 ultimos años (que efectivamente son las que estan bajo el titulo detalle de remuneraciones, en tu caso segun lo que contas son los de relac. dependencia.
si esta en una afjp. no va a tener PAP (art 30 ley 24241) pero habra que ver si realmente la empresa aporto en la afjp, aveces mandan la declar. jurada, pero no aportan y luego como la plata no esta en la afjp, tienen poco o nada para cobrar el componente privado que es la parte de la jubilacion que paga afjp (en funcion del dinero que tenia en la cuenta) Le llego una carta de la afjp(en la q notifican cuanto le pagan en concepto de jubilacion ordinaria? codigo 900000.
HABER: PBU+PC+JO

 #212125  por mailen
 
Ivanna: Te comento le llego una carta de la ANSes donde le notifican lo que cobra por los conceptos, de la AFJP todavia no le llego nada. Como teoricamente cobaria en septiembre, me dijeron en la AFJP que espere a que llegue el saldo de lo que tiene en su cuenta, ahora, me dijeron que primero cobre el primer haber y despues presente recurso en caso de corresponder. Esto puede ser así, y si me vencen los plazos? El ANSES no te suspende el pago por presentar recurso no?

 #212742  por ivanna505
 
mailen escribió:Ivanna: Te comento le llego una carta de la ANSes donde le notifican lo que cobra por los conceptos, de la AFJP todavia no le llego nada. Como teoricamente cobaria en septiembre, me dijeron en la AFJP que espere a que llegue el saldo de lo que tiene en su cuenta, ahora, me dijeron que primero cobre el primer haber y despues presente recurso en caso de corresponder. Esto puede ser así, y si me vencen los plazos? El ANSES no te suspende el pago por presentar recurso no?
Los plazos comienzan a correr desde q se notifico al recibir la carta, no se suspende el pago por el recurso, tnes 30 dias para recurso ante CARSS pero igualmente aunque se venciera, siempre podes pedir un reajuste.

 #212799  por lgaray
 
te cuento: el ahaber jubilatorio se forma asi: PBU art 20 ley 24241,inc. a 2/5 mopre con 30 años de aportes (200$) o + de 30 Años hasta 45 Años de aportes se incrementa 1% por año adicional de los 30 años (200 + ---%)
PC art. 24 ley 24241 (1/5% x años de servicios etc.calculados sobre el promedio de remuneraciones con aportes de los 10 ultimos años (que efectivamente son las que estan bajo el titulo detalle de remuneraciones, en tu caso segun lo que contas son los de relac. dependencia.
si esta en una afjp. no va a tener PAP (art 30 ley 24241) pero habra que ver si realmente la empresa aporto en la afjp, aveces mandan la declar. jurada, pero no aportan y luego como la plata no esta en la afjp, tienen poco o nada para cobrar el componente privado que es la parte de la jubilacion que paga afjp (en funcion del dinero que tenia en la cuenta) Le llego una carta de la afjp(en la q notifican cuanto le pagan en concepto de jubilacion ordinaria? codigo 900000.
HABER: PBU+PC+JO
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Ivana, el cálculo del trámite mixto se calcula distinto.
Vos estás refiriendote a una jubilación solo de relación de dependencia.
En el caso de Mailen, ella "compro" autónomos por lo tanto, lo convirtio en un mixto.
para el cálculo, promediaron por una lado los últimos 120 sueldos de la rel dep pero por el otro los 7 años que le compro, supongo en A y después, suman los dos y dividen por el tiempo total trabajado
Y ahi le bajo el haber y eso es lo que le multiplicaron por el 1.5
Mailen: en la resolución que te mando Anses, debe figurarte
haber promedio rel dependencia y haber promedio Autonomos, Cuando es trámite mixto, figuran los dos.
Te falta el haber de la AFJP, calcula, si tiene unos 50 000 en la cuenta, un haber aproximado de 250 más o menos, a agregar al haber de Anses