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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #208686  por chaina1424
 
Necesito me den el ok. antes de enviar el plan:

Fecha de nac: 29/11/1947
Excedente computable: 4 meses (art. 19 ley 24241)
Sin aportes.


Situación de revista:
01/12/1965 hasta 30/09/1993

DDJJ:
01/06/1977 hasta 30/05/1980

SDM: 23 meses
04/2000 hasta 03/2002

Está bien esto así? Cuando cargo situación de revista el beneficio de los meses excedentes se agregan en sicam?

GRACIAS!
 #208689  por Amber
 
chaina1424 escribió:Necesito me den el ok. antes de enviar el plan:

Fecha de nac: 29/11/1947
Excedente computable: 4 meses (art. 19 ley 24241)
Sin aportes.


Situación de revista:
01/12/1965 hasta 30/09/1993

DDJJ:
01/06/1977 hasta 30/05/1980

SDM: 23 meses
04/2000 hasta 03/2002

Está bien esto así? Cuando cargo situación de revista el beneficio de los meses excedentes se agregan en sicam?

GRACIAS!
Esta bien el plan, no se entiende lo que preguntas al último, si te referis a los que compras por SDM, son relacion de dependencia, no van en sicam.
 #208690  por chaina1424
 
GRACIAS! respecto a la pregunta me refiero a si los meses de más se cargan como beneficio en el sicam,. junto con los años de ddjj. ?
 #208695  por Amber
 
chaina1424 escribió:GRACIAS! respecto a la pregunta me refiero a si los meses de más se cargan como beneficio en el sicam,. junto con los años de ddjj. ?
Sigo sin entender...que meses demas tenes??? si te faltan meses, por eso compras SDM... :roll: :roll: :roll:
 #208705  por chaina1424
 
Ah, capaz yo no entiendo bien!.

la señora tiene 60 años y ocho meses, o sea que se toman cuatro meses como excedentes de acuerdo al art. 19 ley 24241, no?
esos cuatro meses de más se cuentan y se paga menos sdm?
 #208748  por chaina1424
 
perdón! me di cuenta de lo tonta de la pregunta! esos cuatro meses de más ya los había descontado al calcular sdm! perdón! me mareo me mareo con tantas cuentas!
 #209024  por Amber
 
chaina1424 escribió:perdón! me di cuenta de lo tonta de la pregunta! esos cuatro meses de más ya los había descontado al calcular sdm! perdón! me mareo me mareo con tantas cuentas!
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #209653  por Dani83
 
chaina1424 escribió:perdón! me di cuenta de lo tonta de la pregunta! esos cuatro meses de más ya los había descontado al calcular sdm! perdón! me mareo me mareo con tantas cuentas!
Los años q compensa con el Art 19 no se cargan, solo acordate en el SPP poner en observaciones q apliquen dicho articulo.