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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #205652  por CHICOBUENO
 
recuerden que la resolucion 980/05 o tambien llamada Probatoria de Servicios y Remuneraciones es el unico procedimiento vigente que se aplica para acreditar servicios, dentro de la 980/05 se diferencian varias cosas primero tres etapas importantes y sus modos de acreditar servicios y en todos los casos las pruebas son importantes, en cuanto a la certificacion es importantisima , recomiendo una lectura profunda de la 980, yo creo que no se puede ahorrar tiempo a costa de que la gente ´pague lo que ya le descontaron en su momento como aportes jubilatorios, es verdad que es lento el procedimiento probatorio pero se debe inevitablemnete beneficar al titular y ser preciso en la informacion que se le otorga no es lo mismo esperar 1 año para jubilarse y pagar una pequeña ´parte ,que pagar durante 5 años un promedio de 250 pesos en cuotas, los jubilados ya fueron muy golpeados!

 #205665  por anya
 
Yo no opino lo mismo que vos, creo que no se justifica hacer un Reco por algunos meses que no aparecen en Sijyp, pensa que te tarda 2 años aproximadamente...y si aparte te lo rechazan??

Depende del caso y del cliente, yo siempre antes de dejar de lado los meses aportados lo hablo, para que sepan y me digan que prefieren hacer.

Te digo depende el caso, porque si son 10 años que no aparecen, ahi si se justifica el Reco...pero si son unos meses no.

Por lo menos es lo que yo opino.

 #205842  por jarocho
 
Todos tienen razon, la estrategia es diferente en cada caso particular, los clientes que vienen orgullosos presentando certificaciones que sumadas dan los años necesarios a veces sucumben ante la realidad de aportes no realizados. Solucion: Empezar con un reco por lo menos dos años antes de la edad jubilable, con esto a la vista planificar como completar los que falten (si falta) y llegada la edad encarar tramite facil y rapido. Comercialmente: captar potenciales antes de la edad y hablarles claro.

 #206142  por SOFILEIN
 
Hola chicos les escribo para agradecerles a todos por las opiniones y las explicaciones sobre esta situacion(aportes que no aparecen en Sijp) que me parece que lamentablemente se da con mucha frecuencia. Sus explicaciones, asi como me sirvieron a mi, seguramente les sirvio a otros foristas.
Principalmente, Anya te super agradezco a vos por tu muy buena onda y predisposicion!! GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #206355  por AGDA
 
norabe escribió:Presentá la certificación de servicios, podes llevar los recibos pero normalmente no los reciben.
Aceptá este buen consejo e incorporá TODA la prueba que tengas: telegramas, recibos de sueldo, talones de afiliado, certificaciones y cualquier otra cosa que demuestre la vinculación con el empleador por más ridículo que te parezca (por ejemplo, en mis exptes incorporo tarjetas de presentación o tickets de vales de comida)

Nunca dejes que un iniciador te indique que corresponde o no incorporar al expte. ´La solicitud la formula el titular (o su abogado) y no la Administracion por eso uno puede y debe incorporar todo lo que se le antoje. A veces por ignorancia y porque no conocen los alcances, los iniciadores te dicen que no incorpores tal cosa. Después tenés porblemas porque no te reconocen servicios y cuando vas a incorporar la prueba que oportunamente omitiste hacerlo te lo recaratulan como reapertura y te hacen perder el retro. Haceme caso. Lo que abunda no daña.

¡