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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #204059  por rossi
 
buenos dias, se me presento el siguiente inconveniente:

Estoy, va, pretendia cerrar un sicam de una persona con los años en relacion de dependencia necesarios para jubilarce y como tiene 1 año pago en autonomos simultaneos los queria hacer valer; ahora cuando ingrese a HISTORIAL DE CATEGORIAS no figura ninguna esta en blanco, pero en PAGOS REALIZADOS me figuran "1978 a 1979". Como puede ser?

Mi pregunta es la siguiente, si no figura en HISTORIAL DE CATEGORIAS podria no tomar esos periodos pagos como que nunca aporto como autonomo? y en su caso no presentar F558 A-B-C?
a ALGUIEN LE PASO ALGO SIMILAR !!!

 #204206  por VGalbicka
 
si podes.. presentalo asi porque si vas a validar tu cliente pierde plata y tiempo.
Pero cuando ingresas en consulta del historico de autonomos en ANSES que te sale? que "no existe en el padron" o te aparece otra cosa?
si no declaras autonomos no tenes que presentar SICAM.

 #204280  por rossi
 
en Historial de categorias no me aparece nada, pero en pagos si, el año que pago.
Mañana me voy a ir a pelear a la FIP a ver que pasa

 #204419  por VGalbicka
 
No serán pagos mal imputados?

Si tu cliente no los hizo...yo probaria de desconocerlos mediante tramite en AFIP.

E iniciaria en ANSES con copia autenticada del tramite de AFIP por error en imputacion de pagos (Supongamos que alguien pago mal con un numero equivocado y fueron a la cuenta de tu cliente)

 #204554  por juliatoyos
 
a mi me paso que en historial no dice nada y en pagos si, cargue los pagos en el sicam y listo. Igual site queres quedar mas tranquilo anda aafip y pone esos periodos con un 460 y 929 alta y baja.Es un a sugerencia.

 #204612  por VGalbicka
 
Tambien como dice Julia podes hacer un sicam por ese periodo y cerrarlo ahi, seguramene no tendran deuda o de tenerla deberia ser muy poca

 #204617  por Amber
 
VGalbicka escribió:Tambien como dice Julia podes hacer un sicam por ese periodo y cerrarlo ahi, seguramene no tendran deuda o de tenerla deberia ser muy poca
Coincido con VGalbicka, yo pondria en sit.de revista ese período, despues calcula, anda a detalle de deuda y fijate si te figura todo 0, caso contrario a los periodos con deuda yo les aplicaria el art.1 de la 25321.
Si te da deuda 0 no se envia el sicam, se imprimen los 558