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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #202570  por SOFILEIN
 
Hola chicos les hago una consulta. Es una señora 60 años. trabajo en rrdd desde 1969 hasta 1994(24años). Pedi el Sijp y me encuentro con que:
15 años le aparecen completos (los 12 meses x año)
8 años directamente no le aparecen
2 años aparecen pero en donde deberia decir meses trabajados no dice nada (esta en blanco) ¿que significa?

¿que posibilidades tengo de que le tomen 24años en rrdd?

Aclaro: increiblemente esta señora super ordenada guardo todos los recibos de sueldo y ademas tiene certificaciones de servicios desde el 69 al 94 (estos certificados los pidio en el año 94)

¿que opinan?

 #203071  por norabe
 
Presentá la certificación de servicios, podes llevar los recibos pero normalmente no los reciben.

 #203109  por SOFILEIN
 
Hola norabe gracias por responder. Pero no termino de aclarar mi duda:

Presentando los certificados de servicios por los 24 años en rrdd, ¿me reconoceran esos 8 años que no aparezcan en el SIJP?
¿que es lo que habitualmente sucede en estos casos?

Desde ya muchas gracias a quien me ayude a entender.
 #203142  por verimar
 
Sofilein, lo que tenes que hacer es pedir RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS por esos años que no aparecen en ANSES, ya que contas con toda la documentacion completa (recibos) el problema reside en que eso lleva bastante tiempo, porque primero pedis el reconocimiento, luego decidira la autoridad de ANSES si te lo da o no y cuanto te reconoce, despues de eso tenes que sacar turno y recien a partir de alli comienza a correr el plazo para que le salga la jubilacion.

Otra situacion es que aunque pidas reconocimiento y cuentes con toda la documentacion no quiere decir que te reconozcan los años, por comentarios que me han hecho como mucho reconocen 5 años y si te lo reconocen.

Yo te recomendaria que le digas a tu clienta que, por razones de tiempo y de celeridad, se quede con los años aportados que le aparecen en ANSES, que le realices el SICAM, asi podes jubilarla por moratoria (ley 24446) eso si la señora quiere jubilarse pronto, ahora si ella te dice que quiere esperar hacele el reconocimiento, pero avisale que se siente tranquila y espere con paciencia.

Espero que te sirva mi comentario.

Verónica

 #203154  por layeya
 
Por mi experiencia te cuento que por más certificación de servicios que presentes, recibos de sueldo y cualquier otra prueba, ´si no hay registros y la verificación es negativa, nunca te los reconocen. A mi me pasó en muchos casos. Es más la última vez vino un cliente con un reco ya resuelto al que solo le reconocieron 10 años de los 30 que había trabajado, y eso que había adjuntado todos los recibos. Una injusticia pero así resuelve el anses.
anya escribió:Cuales son los años que no le aparecen en Sijyp?

 #203172  por EDUARDO SUAREZ
 
Comparto, las certificaciones son "patéticas"
Yo NO las tomo más y le explico al cliente lo que sucede.
Donde aparece meses trabajados: 00 , no valen, pero sí podés pisarlas en la expansión de la 980.
Aplico 980 si puedo + moratoria y nada más.

 #203215  por lgaray
 
Adhiero a la pregunta de Anya.
Si la mujer trabajo del 69 al 94 los 8 años que le faltan son del periodo 70 al 94.
¡¡¡¡¡ Tiene 15 años en el Sijp !!!
¿se olvidaron de la 980 y del 35 % ?
Además, si está en edad de jubilarse para que hacer un reco ?
Tiene certificación, los recibos y 15 años en Sijp ........
¿ los periodos en 00 tienen remuneraciones ?
hay que analizar varias cuestiones antes de largarse a comprar por comprar.

 #203351  por norma_alfamar
 
lgaray escribió:Adhiero a la pregunta de Anya.
Si la mujer trabajo del 69 al 94 los 8 años que le faltan son del periodo 70 al 94.
¡¡¡¡¡ Tiene 15 años en el Sijp !!!
¿se olvidaron de la 980 y del 35 % ?
Además, si está en edad de jubilarse para que hacer un reco ?
Tiene certificación, los recibos y 15 años en Sijp ........
¿ los periodos en 00 tienen remuneraciones ?
hay que analizar varias cuestiones antes de largarse a comprar por comprar.
ADHIERO A ESTE CRITERIO, YO LA INICIARIA ACOMPAÑANDO TODA LA DOCUMENTACION USANDO LA 980 Y EL 35%, RECIBOS, CERTIFICACION ETC. Y LO QUE LE FALTA LE COMPRAS, ASI TE EMPIEZA A CORRER EL RETROACTIVO.-
NORMA
 #203517  por verimar
 
[color=red]Es lo que le queria explicar a SOFILEIN.[/color]

ELLA PREGUNTABA QUE PODIA HACER PARA QUE LE RECONOCIERAN LOS AÑOS QUE NO LE APARECIAN EN EL ANSES, ENTONCES LE DIJE QUE SI QUERIA PODIA PEDIR RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS, pero eso demora mucho y aparte no te asegura que te lo reconozcan.

POR LO TANTO LE ACONSEJE QUE HABLE CON SU CLIENTE Y LE COMENTE ESTA SITUACION.

Y QUE PODIA IGUAL JUBILARLA MEDIANTE LA MORATORIA POR LEY 24446, CUANDO HACES EL SICAM, LUEGO CUANDO PRESENTAS EL FORMULARIO PS. 6.18 "SOLICITUD DE PRESTACIONES PREVISIONALES", en la ultima hoja, donde dice observaciones se pide que se aplique la resolucion 980, para que que te tomen los aportes que aparecen registrados en ANSES.

Y ESO DEL 35 %, NO SE SI ES TAN ASI, YO APLIQUE LA RESOLUCION Y LA PERSONA NO TENIA EL 35 % APORTADO, SE PUEDE APLICAR con cualquier cantidad de años, siempre que aparezcan en ANSES.


[b]SOY MAS CLARA AHORA.
[/b]

 #203766  por norabe
 
Bueno, debo haber tenido suerte, tuve casos en que no aparecía nada en sijp (eran períodos viejos), presenté recibos, en otros casos solo certificación y una vez un certificado de época, tardaron un año pero salieron aprobadas. Obviamente, lo aportes debieron estar hechos.
 #203808  por verimar
 
No es que tuviste suerte, lo que pasa es que al no aparecerte nada en el SIJP, no te quedo otro remedio que presentar los recibos, los certificados, lo que tuvieras para poder probar los aportes. aparte si la persona tiene recibos, documentos, donde consten los aportes, es obvio que se hicieron y los puedo reclamar.

POR ESO TE TARDO UN AÑO, YA LO DIJE EN MI ANTERIOR MENSAJE, EL RECONOCIMIENTO (PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE SE TIENE PARA COMPROBAR APORTES) TARDE UN POCO MAS DE TIEMPO.

Pero si te aparecen algunos aportes y tu cliente se quiere jubilar ya, no vale la pena meterse en semejante brete, al menos asi yo actuo con mis clientes cuando se presenta una situacion asi.

Saludos.

 #203832  por SOFILEIN
 
Hola chicos ante todo muchas gracias por responder. Después de leer sus opiniones me puse a analizar el tema (ahora con mas herramientas). Les paso los datos completos: Trabajo desde 1/69 al 4/94. Trabajo solo en dos empresas
Esto es lo que aparece exactamente en el SIJP:
Aclaracion: tiene remuneraciones en todos los periodos y cambio de empleador el 4/75

Año C.S ALT BAJ M.T

1970 00 --- --- 12
1975 00 00 00 12
1976 00 00 00 12
1977 00 --- --- 12
1978 00 --- --- 12
1979 00 --- --- 12
1980 00 --- --- 12
1981 00 --- --- 12
1983 00 --- --- 12
1984 00 --- --- 12
1985 00 --- --- ---
1986 00 --- --- ---
1987 00 00 00 12
1988 00 00 00 12
1989 00 00 00 12
1992 00 00 00 12
1993 00 00 00 12
1994 00 00 04 04


A ver si entendi la res. 980 y la aplico bien al caso en cuestion
La señora trabajo 25 Años (es el 100%) y 17 años son los que aparecen en Sijp, entonces (tengo que hacer regla de 3 simple no?):17años por 100 dividido 25 es igual a 68%. Esto quiere decir que en el Sijp le aparece el 68% de los años que la señora invoca y prueba con las certificaciones de servicios.
¿esta bien mi planteo? ¿entendi bien como se calcula???

Años totales trabajados ………………….25 años (100%)
Años que figuran en Sijp…………………17 años (68%)
Esto quiere decir que cumple con el requisito del 35%

 #203836  por norabe
 
No Veri, no hice reconocimiento de servicios, inicié directamente los trámits para las jubilaciones.
 #203839  por verimar
 
YO JUBILE A UNA PERSONA QUE SOLO LE SALTABAN EN ANSES 12 AÑOS, PERO ELLA TENIA PARA PROBAR 12 AÑOS MAS.

NO HICE EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS (PREVIAMENTE LE PREGUNTE A MI CLIENTE SI QUERIA HACERLO Y ESPERAR O JUBILARSE YA) SE QUERIA JUBILAR YA.

NO NECESITAS EL 35 %, CON LOS AÑOS QUE TIENE TE ALCANZA RE BIEN, SIN NECESIDAD DE HACER NINGUNA CUENTA.

AUNQUE LE SALGAN 2 AÑOS DE APORTES EN ANSES IGUAL PODES PEDIR QUE SE APLIQUE LA RESOLUCION.