Hola gente. tengo un caso de una jubilada con moratoria, que fallece el marido que tambien era jubildo por moratoria. según la circular de anses 34/08 punto 3, no habria inconveniente para pensionarla. Ahora bien, la pension derivada la puedo hacer automatica por internet o va por turno? Alguien lo hizo? Gracias
