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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #199858  por Tita Gasco
 
Colegas:
Debo realizar la pensión de un fallecido que cumple con el requisito de regularidad: 30 meses abonados dentro del mes de vencimiento 36 meses anteriores al fallecimiento, por lo tanto aplicaré la Ley 24241 en Sicam.
El fallecido tiene aportes autónomos desde 1971, al realizar la liquidación estos determinan deuda. Para "borrar la deuda" no puedo aplicar prescripción decenal Ley 14236, ni renuncia Ley 25321 .
¿qué beneficios puedo usar? Ya que no es necesario pagar semejante deuda.
Gracias por las respuestas.
Tita
 #199868  por ferroman
 
Tita Gasco escribió:Colegas:
Debo realizar la pensión de un fallecido que cumple con el requisito de regularidad: 30 meses abonados dentro del mes de vencimiento 36 meses anteriores al fallecimiento, por lo tanto aplicaré la Ley 24241 en Sicam.
El fallecido tiene aportes autónomos desde 1971, al realizar la liquidación estos determinan deuda. Para "borrar la deuda" no puedo aplicar prescripción decenal Ley 14236, ni renuncia Ley 25321 .
¿qué beneficios puedo usar? Ya que no es necesario pagar semejante deuda.
Gracias por las respuestas.
Tita
Tita para las pensiones y las rti no es necesario aplicar nada a la deuda, lo presentas asi nomás y pedis que te apliquen decreto en esos peridodos.
Suerte
FER

 #199948  por Tita Gasco
 
Ferromán:
1)Te referís al Dto 526/1995?
2)¿lo puedo aplicar a toda la liquidación desde 1971 a 10/1998?
3) y los 30/36 meses, si hay intereses pagarlos?
Gracias por las respuestas. Tita

 #200136  por ferroman
 
Tita Gasco escribió:Ferromán:
1)Te referís al Dto 526/1995?
2)¿lo puedo aplicar a toda la liquidación desde 1971 a 10/1998?
3) y los 30/36 meses, si hay intereses pagarlos?
Gracias por las respuestas. Tita
Estimo que si, a mi me paso con una pensión que era regular y se pagaron los intereses por pago fuera de termino de los periodos necesarios y el resto se presento con deuda, en la spp se puso decreto para esos periodos.
Saludos
FER

 #200149  por Gui980
 
Hola, me parece que utilizando ese decreto no necesitas pagar los intereses cuando tenes pago el capital dentro del mismo mes.

 #200181  por ferroman
 
Gui980 escribió:Hola, me parece que utilizando ese decreto no necesitas pagar los intereses cuando tenes pago el capital dentro del mismo mes.
Si tenes razón aero para evitar una discusión con la iniciadora (que me habia dicho que no tenia que tener deuda por que si le aplicaba decreto se me esfumaba el capital) y como eran 4 pesos, los pagamos.
Saludos
Fernanda

 #200186  por Gui980
 
Ja ja ja, hubieras empezado por ahí!

 #200474  por Tita Gasco
 
Me queda la duda si el Dto 526/95 lo puedo aplicar a toda la deuda (período prescripto y no prescripto) que va desde 1971 a 10/1998.-
Los intereses de los 30/36 meses se pagarán.-
Gracias por las respuestas.
Tita

 #200789  por Gui980
 
Si a toda la deuda. y creo que no se pagan intereses por ningun periodo

 #201159  por Tita Gasco
 
Les cuento que hoy consulté con la computista de una UDAI y me dijo:
-Puedo Aplcicar Dto 526/95 a toda la deuda desde 1971, siempre y cuando el fallecido estuviera inscripto en ANSES desde 1971.-
-También puedo aplicar hasta 9/93, art. 1 Ley 24476.-
- No se puede aplicar Ley 14231
Esto lo consulté para las pensiones 30/36, Ley 24241.-
Espero les sirva y aclare el tema.
Tita
Espero