Hola gente! Me consulta una sra x jubilación, tiene la edad pero cero aportes. Por lo q estuve leyendo la ley a aplicar es la 24.476.
Ahora bien, la sra es pensionada. ¿Qué pasa con este beneficio? Por lo q entendí tendría q pagar el total de la moratoria al contado, ¿es así? ¿Percibiría los dos beneficios?
Disculpen la ignorancia pero mi experiencia en el tema es casi nula.
Desde ya, muchas gracias!
Ahora bien, la sra es pensionada. ¿Qué pasa con este beneficio? Por lo q entendí tendría q pagar el total de la moratoria al contado, ¿es así? ¿Percibiría los dos beneficios?
Disculpen la ignorancia pero mi experiencia en el tema es casi nula.
Desde ya, muchas gracias!
