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  • REAPERTURA PENSION...SIN INSCIRPCION EN AUTONOMO

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #192034  por vaneapi
 
Hola!!
Me están consultando por una pensión denegada. Les cuento un poco la historia:
La persona trabajo 7 años en relación de dependencia, siendo su último empleo en 05/74. Falleció en 02/93. Iniciaron la pensión y se la denegaron en el 94 porque no llegaba a ser Irregular con derecho...
No esta inscripto en autónomo.
Aca empiezan mis preguntas:
Por lo que entendí de otros post, la viuda como derechohabientes puede inscribirlo en autónomo y adherir al causante a moratoria. Pero puede hacerlo igual estando ella jubilada?
Debería inscribirlo, hacer Sicam y pedir reapertura del expte. denegado?
Muchas gracias!!

 #192063  por abrileuge
 
VANE LA INSCRIPCION EN AUTONOMOS NO SE PUEDE HACER POS MORTEM, ENTONCES LO QUE YO HE HECHO EN ESOS CASOS HA SIDO HACER EL TRAMITE Y PRESENTARLO BAJO INSISTENCIA, AL TENER EL DICTAMEN DE DENEGATORIA COMIENZO CON RECLAMO ...ETC...ETC.
ESPERA OTRAS OPINIONES.
UN SALUDO.
 #192119  por celiaEsc
 
vaneapi escribió:Hola!!
Me están consultando por una pensión denegada. Les cuento un poco la historia:
La persona trabajo 7 años en relación de dependencia, siendo su último empleo en 05/74. Falleció en 02/93. Iniciaron la pensión y se la denegaron en el 94 porque no llegaba a ser Irregular con derecho...
No esta inscripto en autónomo.
Aca empiezan mis preguntas:
Por lo que entendí de otros post, la viuda como derechohabientes puede inscribirlo en autónomo y adherir al causante a moratoria. Pero puede hacerlo igual estando ella jubilada?
Debería inscribirlo, hacer Sicam y pedir reapertura del expte. denegado?
Muchas gracias!!
Vane. tengo entendido que si falleció en 1993 no puede solicitar una pensión si no estuvo inscripto en vida en AFIP, está permitido a los fallecidos desde 1994, si estuvo inscripto.
El sr. debió estar afiliado a SIJP, y en tu caso falleció en 1993, (antes de haberse creado SIJP por lo tanto no puede pensionarse, pero esta es mi opinión, esperá otras respuestas)
Además no conozco a nadie que no se la denegaran, cuando no está inscripto en AFIP. En AFJP, (Consolidar) me contestaron que no es posible la inscripción post morten, que sale denegada, además hay fallos desde 1988( Mirkin etc) en adelante que prohiben esa inscripción. Como las circulares GP 07/07 Resolución G AFIP 2017/06 e instrucciones 16/07 y 9/ 06 que lo prohiben. Sin embargo en los hechos, bajo insistencia, AFIP, te permite (con la acreditación de datos personales en ANSES), que la viuda obtenga una clave fiscal, posteriormente se la relaciona con el cuil del fallecido y así se hace, hipotéticamente el cálculo de la deuda, pero reitero, eso se está haciendo bajo insistencia. En otro link de este foro también se trata el tema y estamos a la espera del número de resolución de CARSS , que supuestamente falla a favor de la pensionada y que me hicieron llegar, si querés te envío lo que tengo: circulares, fallos, resoluciónes y etc. enviame tu e mail. Pero sobre todo esa resolución de CARSS, es por ahora, información incontrastable. Suerte
Celia

 #192125  por vaneapi
 
Gracias por el aporte!!
Celia, te paso mi mail por si me podés pasar la documentación que tengas... PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

Por otro lado, creen que sería viable comprarle hacerle pagar un año por SDM, así llega a ser Irregular con derecho?

Nuevamente, gracias!!!!

 #192135  por celiaEsc
 
vaneapi escribió:Gracias por el aporte!!
Celia, te paso mi mail por si me podés pasar la documentación que tengas... PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

Por otro lado, creen que sería viable comprarle hacerle pagar un año por SDM, así llega a ser Irregular con derecho?

Nuevamente, gracias!!!!
De nada Vane; ahora te envío lo que tengo.
Celia

 #192187  por celiaEsc
 
vaneapi escribió:Gracias por el aporte!!
Celia, te paso mi mail por si me podés pasar la documentación que tengas... PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

Por otro lado, creen que sería viable comprarle hacerle pagar un año por SDM, así llega a ser Irregular con derecho?

Nuevamente, gracias!!!!
Vane: no es posible comprar SDM, porque el sr. falleció en 1993 y se puede comprar desde el año 2000
Para mí es muy difiícil tu caso porque:
no estaba inscripto en SIJP

no estaba inscripto en AFIP

no tenía una cantidad significativa de aportes

no tenía siquiera los aportes necesarios para ser aportante irregular con derecho , ¿ o sí? trabajó los últimos años?
Celia
 #192259  por Cristina D.
 
Como seria con SDM? Se le puede pagar a un muerto? Salen asi?
Tengo un caso que le faltan como 2 años. El ultimo aporte lo tiene en el 2001 y murio en el 2003. Estaba en una AFJP.
SE PODRIA???
 #192269  por elprevi
 
Cristina D. escribió:Como seria con SDM? Se le puede pagar a un muerto? Salen asi?
Tengo un caso que le faltan como 2 años. El ultimo aporte lo tiene en el 2001 y murio en el 2003. Estaba en una AFJP.
SE PODRIA???
Yo creo que se puede pagar perfectamente a un muerto, yo pague en varias y todo salio bien, me lo tomaron sin problema.
 #192300  por celiaEsc
 
Cristina D. escribió:Como seria con SDM? Se le puede pagar a un muerto? Salen asi?
Tengo un caso que le faltan como 2 años. El ultimo aporte lo tiene en el 2001 y murio en el 2003. Estaba en una AFJP.
SE PODRIA???
Cristina: tendrías que ser más precisa, porque si bien, es factible realizar una pensión así, tenes que decir cuántos de aportes posee, si es un afiliado irregular con derecho necesita 18 meses de aportes dentro de los 36 meses anteriores al fallecimiento. Podés hacer la cuenta con este dato y saber si tiene derecho, además tenés que averiguar si estaba inscripto en autónomos, porque las AFJP, al menos Consolidar, no permite la inscripción post mortem. Y con SDM, como es hombre se puede comprar, en tu caso como jardinero, mayordomo, cacero, entrá a la página de afip y mirá el instructivo del servicio doméstico, buscalo con este título: Régimen para el personal de Servicio Doméstico, allí encontrarás todo el procedimiento y requisitos
Suerte
Celia
 #193658  por Cristina D.
 
Hola! Te comento: este hombre a la fecha de su muerte que fue en octubre del 2003, dentro de los ultimos 60 meses tenia aportado 21 de ellos en RRDD, mas especificamente desde el 11/1998 al 07/2000.-
El tema es que con la totalidad de los aportes no llegaria alos 15 años, solo alcanza a 12 y pico.-
El nunca tuvo inscripto como autonomo. Y actualmente se deberia, en el caso de que se pudiera, iniciar la pension en una AFJP: CONSOLIDAR.-
Con la DDJJ no llega porque nacio en enero del 50, por lo tanto en enero del 68 cumplio los 18 años. Solo tendria 11 meses de DDJJ no ?

[quote="celiaEsc"][quote="Cristina D."]Como seria con SDM? Se le puede pagar a un muerto? Salen asi?
Tengo un caso que le faltan como 2 años. El ultimo aporte lo tiene en el 2001 y murio en el 2003. Estaba en una AFJP.
SE PODRIA???[/quote]
Cristina: tendrías que ser más precisa, porque si bien, es factible realizar una pensión así, tenes que decir cuántos de aportes posee, si es un afiliado irregular con derecho necesita 18 meses de aportes dentro de los 36 meses anteriores al fallecimiento. Podés hacer la cuenta con este dato y saber si tiene derecho, además tenés que averiguar si estaba inscripto en autónomos, porque las AFJP, al menos Consolidar, no permite la inscripción post mortem. Y con SDM, como es hombre se puede comprar, en tu caso como jardinero, mayordomo, cacero, entrá a la página de afip y mirá el instructivo del servicio doméstico, buscalo con este título: Régimen para el personal de Servicio Doméstico, allí encontrarás todo el procedimiento y requisitos
Suerte
Celia[/quote]
 #193751  por celiaEsc
 
[quote="Cristina D."]Hola! Te comento: este hombre a la fecha de su muerte que fue en octubre del 2003, dentro de los ultimos 60 meses tenia aportado 21 de ellos en RRDD, mas especificamente desde el 11/1998 al 07/2000.-
El tema es que con la totalidad de los aportes no llegaria alos 15 años, solo alcanza a 12 y pico.-
El nunca tuvo inscripto como autonomo. Y actualmente se deberia, en el caso de que se pudiera, iniciar la pension en una AFJP: CONSOLIDAR.-
Con la DDJJ no llega porque nacio en enero del 50, por lo tanto en enero del 68 cumplio los 18 años. Solo tendria 11 meses de DDJJ no ?

Cristina: aquí el problema más grave es que no tenía inscripción como autónomo y no podés hacer nada, por ahora. . En Consolidar consulté y les dije que lo iniciaría bajo insistencia y me respondieron que de inmediato lo denegarían porque hay fallos que niegan la inscripción en autónomos postmortem, y normativa que lo apoya.
Si lees la circular 17/05 es dudoso pensar si la inscripción es una "cosa esencial o no", pero para ellos lo es y la deniegan de inmediato.
Yo también tengo un causante de 53 con 20 años de aportes, que cobra una restitución en Consolidar de $115 por mes FIJOS!! y se negaron rotundamente.
Hay que esperar que salga alguna resolución que ampare estos casos, si alguien sabe algo, estamos a la espera...
suerte
Celia

 #193756  por DRA. MACA
 
Podria iniciarse igualmente y con la denegatoria de anses presentar la reconsideracion en la CARSS...

 #193779  por celiaEsc
 
DRA. MACA escribió:Podria iniciarse igualmente y con la denegatoria de anses presentar la reconsideracion en la CARSS...
Dra.Maca: justamente en otro link de este foro estabamos a la espera de alguien que realimente hubiera iniciado la reconsideración en la Carss, ya que existe un archivo que no tiene el número de la resolución, por lo cual no es confiable.
En los casos en que hay que comprar la regularidad es mucho dinero como para arriesgarse.
Ud. conoce el número de la resolución de la carss que lo admite?
Gracias por su respuesta ...
Celia