Maria C. escribió:Quiero sabber si a una persona se la puede obligar a realizar RTxI, es el caso del ayudante de mi edificio que hace ya más de 1 año y medio que esta con licencia pro enfermedad. El no quire hacer RTxI, lo podemos obligar?? Cuales son lso pasos a seguir????
De ningún modo podés compelirlo a tramitar el beneficio. Aparte, la enfermedad tiene importar una incapacidad laborativa del 66%. No obstante, aún cuando alcanzara dicho porcentaje, atento a los plazos que señalás, está aún dentro del plazo de conservación del empleo (12 meses). Consultá el título X de la LCT. Como plazo máximo, recién podría despedirselo al cabo de 24 meses sin responsabilidad indemnizatoria o antes pagando la correspondiente indemnización. De todas formas, date una veulta por el foro de laboral, para confirmar.
Lo que sí debe quedar claro es que no lo podés obligar a que tramite RTI. En todo caso, lo tendrán que despedir y el verá a que beneficio se acoge
Saludos...
a.