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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #190219  por NORMA
 
vaneapi escribió:Norma, tenés toda la razón!!! De apurada apliqué mal los beneficios, los cuales todavía no había cargado en el Sicam, por eso eso el sistema no me avisó... Debería ser así:
04/72 a 02/73
01/74 a 02/76
09/80 a 10/83
02/87 a 10/87
Voy a probar con el cambio de código y después te digo cual es más barato...
Ahora lo que me preocupa es el tema de hacerlo o no todo en SICAM 1. A alguien le denegaron algun beneficio por eso???????
Ahora si estoy de acuerdo!!! :wink:

Si querès quedarte màs tranqui hacelo en SICAM I y SICAM II y listo!!!

Saluditos. PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"

 #190285  por LUCIANA IERVASI
 
Yo siempre utilizo el SICAM 1 para la situación de revista original y el 2 para la ampliada.El problema radica en la aplicación de los beneficios, si lo haces todo en uno los ponés donde te conviene, si haces 2 en ampliada no podés aplicar beneficio, esa es la diferencia y el problema radica en que hay resolución de Anses y AFIP que no lo permiten y como ahora se están poniendo más exigentes te la pueden rechazar.Yo donde inicio utilizan los 2 Sicam, en todo caso regubtá donde habitualmente iniciás o te puede tocar.