Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Art. 3 Ley 24476

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #186603  por cristhina
 
Como puedo aplicar el beneficio de la Declaracion jurada cuando no puedo tomar el art 38 porque va mas alla del año 1968?
Puedo utilizar el art. 3 de la Ley 24476 ? y en caso de no tomar moratoria como lo aplico? donde lo declaro?
Gracias

 #186617  por abrileuge
 
PODES USAR EL ART. 3 LOS AÑOS VAN SEGUN EL CESE, PORQUE NO EXPONES EL CASO Y LO VEMOS TODOS JUNTOS PARA AYUDARTE.
SALU2