Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • LEY 25685 DE VUELTA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #185028  por Cristina D.
 
Hola. Otra vez estoy con mis dudas.
Sra que se adhiere a esta en el 2005 en 20 cuotas. Nunca pago ninguna.
Ahora quiere jubilarse por la 24476.
No puede porque esta vigente la otra.
Anterior gestora modifico 40 veces el sicam original. Por lo tanto no se como estaba formulado el mismo.
Presentamos nota pidiendo la baja y nada.
La pregunta es Si ella pudiera pagar que deberia pagar y de donde se baja la boleta de pago.
Yo calcule la deuda respetanto la situaciones historicas de afip, sin aplicar a beneficio, ingrese a la 24476, entre en la opcion PLANES A REFORMULAR y me sale una boleta de unos $400.00. Se paga solo eso o todo

 #185219  por dra. soledad
 
HOLA CRISTINA YO TUVE UNA CASO SIMILAR EN DONDE DABA DE BAJA A UN PLAN Y EN SISTEMA DE ANSES NO SE PODÍA, ME SOLUCIONARON EL TEMA EN AFIP RIO CUARTO. ADEMÁS NO TE OLVIDES QUE UN PLAN POSTERIOR DEROGA AL ANTERIOR, O SEA, QUE SI TE PERMITE CALCULAR NUEVAMENTE PONÉ EN SITUACIÓN DE REVISTA LOS PERÍODOS QUE NECESITA Y DE ALLI VA A RESULTAR LA DEUDA.. ESPERO TE SIRVA.. BESOS
 #185319  por Cristina D.
 
Gracias Soledad. Entonces tendre que seguir esperando la baja.


[quote="dra. soledad"]HOLA CRISTINA YO TUVE UNA CASO SIMILAR EN DONDE DABA DE BAJA A UN PLAN Y EN SISTEMA DE ANSES NO SE PODÍA, ME SOLUCIONARON EL TEMA EN AFIP RIO CUARTO. ADEMÁS NO TE OLVIDES QUE UN PLAN POSTERIOR DEROGA AL ANTERIOR, O SEA, QUE SI TE PERMITE CALCULAR NUEVAMENTE PONÉ EN SITUACIÓN DE REVISTA LOS PERÍODOS QUE NECESITA Y DE ALLI VA A RESULTAR LA DEUDA.. ESPERO TE SIRVA.. BESOS[/quote]

 #185324  por o_h_c_
 
Hola como te va?, te contesto de acuerdo a mi experiencia, hice una jubilacion a un señor que estaba en la misma situacion que tu cliente.
lo primero que debes saber es que para jubilar a esa señora, ella debe cancelar totalmente el plan de pagos, por lo tanto debes ir a la DGI, solicitas que te hagan la liquidacion total del plan, lo paga tu cliente de contado, entonces recien vas a poder operar el SICAM, y podras imputar periodos para jubilar a tu clienta. es lo que yo hice. Oscar
 #185361  por Cristina D.
 
Hola, Te hago una pregunta en el caso de que pagara achica la deuda de autonomos, es decir se toman como aportados esos periodos que entraron en moratoria?

[quote="o_h_c_"]Hola como te va?, te contesto de acuerdo a mi experiencia, hice una jubilacion a un señor que estaba en la misma situacion que tu cliente.
lo primero que debes saber es que para jubilar a esa señora, ella debe cancelar totalmente el plan de pagos, por lo tanto debes ir a la DGI, solicitas que te hagan la liquidacion total del plan, lo paga tu cliente de contado, entonces recien vas a poder operar el SICAM, y podras imputar periodos para jubilar a tu clienta. es lo que yo hice. Oscar[/quote]