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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #184307  por dindin
 
Hola a todos, me podrían explicar brevemente cómo se tramita una pensión para hijo incapaz. No sé que téngo que hacer primero (además del ADP). Alguien me puede ayudar? Mil gracias!

 #184379  por abrileuge
 
LA MADRE O EL PADRE ESTA RECIBIENDO ALGUN BENEFICIO?
 #184818  por dindin
 
la madre era jubilada y falleció..

 #185252  por CONNI
 
a lo q t referis es a la jubilacion de la madre q pasa al hijo incapaz en una pension : necesitas certificado de incapacidad partida , dni , y creo q no m olvide de nada, fijate en la pagina de anses. o en udai los requisitos ademas necesitas hacerle la curatela x q el no va apoder cobrar. hasta ahi mi escaso conocimiento

 #185280  por Robert R. Aguirre
 
CONNI escribió:a lo q t referis es a la jubilacion de la madre q pasa al hijo incapaz en una pension : necesitas certificado de incapacidad partida , dni , y creo q no m olvide de nada, fijate en la pagina de anses. o en udai los requisitos ademas necesitas hacerle la curatela x q el no va apoder cobrar. hasta ahi mi escaso conocimiento
Correcto, podés iniciar el trámite pero no lo van a acordar hasta que tenga la curatela.-
 #185604  por dindin
 
Pero cómo hago? primero pido el turno y llevo todo y después evaluán la incapacidad? le hacen junta médica? gracias!

 #185612  por Robert R. Aguirre
 
En UDAI Villa María, me aceptaron el trámite con todos los formularios de pensión y el anexo médico y me hicieron firmar que para que se le acuerde la pensión tenía, creo que una año para hacer la curatela.
 #185638  por dindin
 
Los formularios serían solicitud, carta poder, partida de defunción, de nacimiento, certificados médicos de incapacidad, certificaciones negativas de provincia y municipalidad, algo más? otra cosa...tengo que presentar el sicam de la persona fallecida porque no puedo ya que no tengo la clave fiscal
 #185641  por ferroman
 
la curatela tiene que estar sugerida en el certificado medico, si no no te la exigen, hay casos en los cuales la discapacidad es fisica, grave y sale la pensión sin curatela. y sicam si ya habia beneficio no. es una derivada, no directa.
saludos
FEr
 #186011  por dindin
 
Ok, bueno muchas gracias. Respecto del procedimiento (o sea del trámite) alguien me lo puede explicar más o menos y que tengo que llevar... gracias de nuevo
 #187881  por dindin
 
alguien?