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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #180655  por DoctorCuervo
 
Consulta para todos: Un obrero de la construccion, puede jubilarse y seguir trabajando en blanco? La misma pregunta de otra forma: Los obreros de la construccion forman parte de un regimen diferencial que les impida continuar trabajando cuando estan jubilados?
Gracias.

 #180722  por pavime
 
En mi opinión, por ser el beneficio previsional incompatible con la actividad en relación de dependencia, no puede.
Sí podría jubilarse y ser autónomo o monotribustista, por ejemplo.
saludos

 #180743  por laugi
 
Desde mi punto de vista y mi experiencia SI puede volver a la actividad x q la actual ley permite el reingreso a la actividad de un jubilado(salvo las insalubres en actividades insalubres)la construccion no tiene regimen diferencial ,lo que pierde el reingresado es la antiguedad ( si es dependencia)y los descuentos de aportes se le efectuan pero van al fondo nacional de empleo y no puede pedir luego reajuste por esos aportes.

 #180748  por lgaray
 
no Pavime.
Es tal cual comenta Laugi.

 #180842  por efernandez
 
lgaray escribió:no Pavime.
Es tal cual comenta Laugi.
opino igual que laugi

 #180990  por empí©docles
 
La ley 24241 sólo exige el cese en los 04 supuestos del art. 34, pero trtándose de la industria de la construcción que son comunes, no hay ningún impedimento, sólo que los aportes deben ser direccionados al Fonfo nacional de Empleo, previa notificación al empleador de la condición del trabajador que es jubilado.-

 #181103  por DoctorCuervo
 
Ok. Gracias por sus respuestas. Era una duda que tenia y con sus respuestas se me fueron. NUEVAMENTE GRACIAS. Mgl.

 #181369  por ALVARO
 
DOCTOR, ME PARECE QUE RESPECTO DE ESTE TEMA LE CONVENDRÍA HABLAR CON EL DR. GARCIA. (CREO QUE Ud. LO CONOCE).

A SUS ORDENES.

ALVARO