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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #178727  por comision10
 
Estará bien hecho este sicam?
Mujer, Nacimiento: 10/1/47, 18 años: 10/1/65
Trabajó con aportes:
1/1970 al 12/1970= 12 meses
1/1972 al 3/1972= 3 meses
9/1972 al 12/1972= 4 meses
Total 19meses=1 año 7 meses
Moratoria
2/1965 al 12/1969 59 meses
1/1971 al 12/1971 12 meses
4/1972 al 8/1972 5 meses
1/1973 al 9/1993 249 meses
Total 24476; 325meses =27 años 1 mes
sdm= 04/2000 al 12/2000 = 9 meses( 1 mes +xlas dudas)
Total: 29 años 5 meses + 8 de excedencia = 30 años

En la situación de revista aparecen los períodos:
07/2004 02/2007 299
03/2007 11/2007 301
¿Esos períodos (hasta hoy 06/2008) les aplico art 1 25321? Entonces, el cese ficto sería en 06/04? y los beneficios que podría tomar serían de 2 años=

Gracias a todos. Saludos
 #179011  por elprevi
 
comision10 escribió:Estará bien hecho este sicam?
Mujer, Nacimiento: 10/1/47, 18 años: 10/1/65
Trabajó con aportes:
1/1970 al 12/1970= 12 meses
1/1972 al 3/1972= 3 meses
9/1972 al 12/1972= 4 meses
Total 19meses=1 año 7 meses
Moratoria
2/1965 al 12/1969 59 meses
1/1971 al 12/1971 12 meses
4/1972 al 8/1972 5 meses
1/1973 al 9/1993 249 meses
Total 24476; 325meses =27 años 1 mes
sdm= 04/2000 al 12/2000 = 9 meses( 1 mes +xlas dudas)
Total: 29 años 5 meses + 8 de excedencia = 30 años

En la situación de revista aparecen los períodos:
07/2004 02/2007 299
03/2007 11/2007 301
¿Esos períodos (hasta hoy 06/2008) les aplico art 1 25321? Entonces, el cese ficto sería en 06/04? y los beneficios que podría tomar serían de 2 años=

Gracias a todos. Saludos
sI EL ULTIMO APORTE ES POR SDM AL 12/2000, EL CESE FICTO ES A ESA FECHA, SALVO QUE HAYA APORTES POSTERIORES, Y EN ESE CASO LA DDJJ ES DE 4 AÑOS.
 #179220  por marcegaleano
 
comision10 escribió:Estará bien hecho este sicam?
Mujer, Nacimiento: 10/1/47, 18 años: 10/1/65
Trabajó con aportes:
1/1970 al 12/1970= 12 meses
1/1972 al 3/1972= 3 meses
9/1972 al 12/1972= 4 meses
Total 19meses=1 año 7 meses
Moratoria
2/1965 al 12/1969 59 meses
1/1971 al 12/1971 12 meses
4/1972 al 8/1972 5 meses
1/1973 al 9/1993 249 meses
Total 24476; 325meses =27 años 1 mes
sdm= 04/2000 al 12/2000 = 9 meses( 1 mes +xlas dudas)


Total: 29 años 5 meses + 8 de excedencia = 30 años

En la situación de revista aparecen los períodos:
07/2004 02/2007 299
03/2007 11/2007 301
¿Esos períodos (hasta hoy 06/2008) les aplico art 1 25321? Entonces, el cese ficto sería en 06/04? y los beneficios que podría tomar serían de 2 años=

Gracias a todos. Saludos
Fijate que esos periodos desde 07/2004 en adelante no esten pagos, si estan pagos no los podes renunciar. En el foro hay discrepancia si se puede o no renunciar a periodos pagos, en mi caso particular cuando he presentado tramites en diferentes UDAI no me dejan renunciar a periodos pagos. Si no estan pagos toma el cese del SDM.
 #180524  por comision10
 
Chicos, después de mucho leer armé este SICAM, pero como tengo muchas dudas necesitaría que me den su opinión.
Mujer nace 12/1/47. Inscripta en autónomos 09/1992
-Excedente computable: 8 meses. Necesita: 29 años 4 meses ( 1 + x las dudas)
-SDM: 4 meses: 04/2000 a 07/2000
-Sicam 1: 5 años 6 meses
-Sicam 2 :22 años
-RD: 1 año 7 meses: desde el 01/1970 hasta el 12/1970, del 01/1972 al 03/1972 y 09/1972 hasta el 12/1972
-Total: 4+5 años 6 meses+ 22 años+ 1 año 7 meses= 29 años 6 meses

Ahora les explico lo que cargué, ¡no quiero hacer barbaridades:-Historia de Categorias
Períodos Prescriptos : Categoría B 09/1992 05/1998 299 Autonomo
Períodos No Prescriptos: Categoría B 06/1998 02/2007 299 Autonomo
T3 CAT I INGRESOS HASTA $25.000 03/2007 301 Autonomo

-Pagos: 07/1993 a 09/1993 y 12/1993 a04/1994
-Sicam 1: Situacion de Revista Original + Moratoria con beneficios ( 4 años): 5años, 6meses
06/1977 09/1980 307 ampliado con benfeficio Art. 3 Ley 24476
04/1984 11/1984 307 ampliado con beneficio Art. 3 Ley 24476
09/1992 06/1993 299 original
07/1993 09/1993 299 original
10/1993 11/1993 299 original renunciado con Art. 1 Ley 25321
12/1993 04/1994 299 original
05/1994 05/1998 299 original renunciado con Art. 1 Ley 25321
06/1998 06/2004 299 original renunciado con Art. 1 Ley 25321
07/2004 02/2007 299 original renunciado con Art. 1 Ley 25321
03/2007 06/2008 301 original renunciado con Art. 1 Ley 25321

-Sicam 2: Ampliación sin beneficios AMPLIACIÓN: 22 AÑOS Y 0 MESES
Períodos
01/1971 12/1971 307
01/1973 05/1977 307
02/1965 12/1969 307
04/1972 08/1972 307
10/1980 03/1984 307
12/1984 08/1992 307


Me encantaría que me digan si soy muy burra!

 #180537  por anya
 
Yo le haria un par de modificaciones, primero de exceso de edad son 10 meses, entonces necesitas 29 años y 6 meses...luego..te pregunto..en los periodos que pones original sin renunciar por la 25321 los tiene efectivamente pagos? o los compras por moratoria?? en caso de comprarlos yo pondria:

del 09/1992 al 09/1992 codigo 299, y luego se lo cambio a 307 que es mucho mas barato y por la circular 69/06 lo podes hacer.

en caso que tenga pagos respetale la categoria 299 a esos periodos y al resto que compras por moratoria cambiala por 307.

los 4 años de art 3 que te corresponden yo los tomaria en fecha inmediata anterior a la inscripcion, cuando amplio nunca hago ese tipo de cortes.

luego lo que te falta lo pones en Sicam II tratando de no superponer los periodos que compres con los de relacion de dependencia que tiene.

 #180543  por marcegaleano
 
anya escribió:Yo le haria un par de modificaciones, primero de exceso de edad son 10 meses, entonces necesitas 29 años y 6 meses...luego..te pregunto..en los periodos que pones original sin renunciar por la 25321 los tiene efectivamente pagos? o los compras por moratoria?? en caso de comprarlos yo pondria:

del 09/1992 al 09/1992 codigo 299, y luego se lo cambio a 307 que es mucho mas barato y por la circular 69/06 lo podes hacer.

en caso que tenga pagos respetale la categoria 299 a esos periodos y al resto que compras por moratoria cambiala por 307.

los 4 años de art 3 que te corresponden yo los tomaria en fecha inmediata anterior a la inscripcion, cuando amplio nunca hago ese tipo de cortes.

luego lo que te falta lo pones en Sicam II tratando de no superponer los periodos que compres con los de relacion de dependencia que tiene.
De exceso hay un año y 4 meses (acordate que se toma mes entero), o sea que son 8 meses nada mas de compensacion.
 #180639  por comision10
 
gracias chicos, veo las sugerencias y les cuento!

 #180745  por comision10
 
del 09/1992 al 09/1992 codigo 299, y luego se lo cambio a 307 que es mucho mas barato y por la circular 69/06 lo podes hacer.

en caso que tenga pagos respetale la categoria 299 a esos periodos y al resto que compras por moratoria cambiala por 307.

Respuesta: los pagos figuran en el sicam/pagos. Tipo que no hago nada entonces.... En cuanto a los que compro le cambio la categ


los 4 años de art 3 que te corresponden yo los tomaria en fecha inmediata anterior a la inscripcion, cuando amplio nunca hago ese tipo de cortes.

Consulta: y si me da la cuota mayor a 360?????????

luego lo que te falta lo pones en Sicam II tratando de no superponer los periodos que compres con los de relacion de dependencia que tiene.[/quote]

Respuesta: tomo nota!


MILLONES DE VECES: GRACIAS
 #180746  por comision10
 
del 09/1992 al 09/1992 codigo 299, y luego se lo cambio a 307 que es mucho mas barato y por la circular 69/06 lo podes hacer.

en caso que tenga pagos respetale la categoria 299 a esos periodos y al resto que compras por moratoria cambiala por 307.

Respuesta: los pagos figuran en el sicam/pagos. Tipo que no hago nada entonces.... En cuanto a los que compro le cambio la categ

los 4 años de art 3 que te corresponden yo los tomaria en fecha inmediata anterior a la inscripcion, cuando amplio nunca hago ese tipo de cortes.

Consulta: creo que los tomé así, xq sino se superponen con la relación de dependencia, por otro lado: ¿si me da la cuota mayor a 360?????????
luego lo que te falta lo pones en Sicam II tratando de no superponer los periodos que compres con los de relacion de dependencia que tiene.[/quote]

Respuesta: tomo nota!


MILLONES DE VECES: GRACIAS