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  • Jubilada y luego Pensionada, pero cuando fallecií²...?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #179586  por COLUMBO
 
Por favor, alguien podrìa confirmar (o no...) este concepto;

PENSIONADA, para "JUBILARSE" = moratoria 24476 de <contado>


JUBILADA, para "PENSIONARSE" =

si el causante falleciò "ANTES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <en cuotas>

si el causante falleciò "DESPUES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <contado>

y en el caso de la jubilada que quiere pensionarse, es irrelevante el momento en que obtuvo su beneficio verdad?, solo interesa que el pedido de Pensiòn sea posterior al de Jubilaciòn y que el fallecimiento sea anterior o posterior a Octubre del 2006, si?

Es asì...? :roll: :roll:

Gracias
COLUMBO

 #179728  por lgaray
 
Para mi, es así como decís.
Si la ya jubilada no tiene moratoria no importa cuando murió

 #179837  por COLUMBO
 
lgaray escribió:Para mi, es así como decís.
Si la ya jubilada no tiene moratoria no importa cuando murió

Pero <no dije eso>, SI IMPORTA cuando muriò
En todo el planteo que hice serìa indiferente que la jubilada estè pagando su propia moratoria en cuotas

Gracias

COLUMBO

 #179840  por andrea1982
 
PENSIONADA, para "JUBILARSE" = moratoria 24476 de <contado>
No, puede pagar en cuotas y jubilarse luego de haber pagado toda la moratoria, no necesariamente paga de contado


JUBILADA, para "PENSIONARSE" =

si el causante falleciò "ANTES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <en cuotas>
Si, puede jubilarse sin haber terminado de pagar la moratoria.

si el causante falleciò "DESPUES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <contado>
Idem primer punto, no necesariamente, la condición es que haya saldado la deuda.

y en el caso de la jubilada que quiere pensionarse, es irrelevante el momento en que obtuvo su beneficio verdad?, solo interesa que el pedido de Pensiòn sea posterior al de Jubilaciòn y que el fallecimiento sea anterior o posterior a Octubre del 2006, si?

Si, si entendi bien tu pregunta, lo único que importaría es la fecha de fallecimiento, si es que ya tiene jubilación y la pensión es posterior, para mi es así, esperá que alguien más confirme.

 #179845  por COLUMBO
 
andrea1982 escribió:PENSIONADA, para "JUBILARSE" = moratoria 24476 de <contado>
No, puede pagar en cuotas y jubilarse luego de haber pagado toda la moratoria, no necesariamente paga de contado


JUBILADA, para "PENSIONARSE" =

si el causante falleciò "ANTES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <en cuotas>
Si, puede jubilarse sin haber terminado de pagar la moratoria.

si el causante falleciò "DESPUES DE OCTUBRE DEL 2006" = moratoria 24476 <contado>
Idem primer punto, no necesariamente, la condición es que haya saldado la deuda.

y en el caso de la jubilada que quiere pensionarse, es irrelevante el momento en que obtuvo su beneficio verdad?, solo interesa que el pedido de Pensiòn sea posterior al de Jubilaciòn y que el fallecimiento sea anterior o posterior a Octubre del 2006, si?

Si, si entendi bien tu pregunta, lo único que importaría es la fecha de fallecimiento, si es que ya tiene jubilación y la pensión es posterior, para mi es así, esperá que alguien más confirme.

Gracias Andrea.
Si claro, pagar de contado o en cuotas y despuès jubilarse.....
En principio coincidimos en todo, solo te faltò confirmar o negar el hecho de la irrelevancia de que la jubilada en cuotas se pendione en cuotas. Es decir 2 moratoria y 2 beneficios, siempre que el causante haya fallecido antes de 10/2006

Saludos
COLUMBO

 #179849  por andrea1982
 
Yo conozco 2 casos con dos moratorias, uno, el de una señora ya jubilada que está pagando la moratoria y ahora se pensionó, su marido había fallecido 10 años antes, otro, la señora tenía moratoria y el marido falleció con posterioridad a octubre del 2006 pero ya estaba jubilado y pagando la moratoria.
No se si te sirve...

 #179865  por COLUMBO
 
andrea1982 escribió:Yo conozco 2 casos con dos moratorias, uno, el de una señora ya jubilada que está pagando la moratoria y ahora se pensionó, su marido había fallecido 10 años antes, otro, la señora tenía moratoria y el marido falleció con posterioridad a octubre del 2006 pero ya estaba jubilado y pagando la moratoria.
No se si te sirve...
Claro, todo sirve, siempre aparece algùn caso nuevo
El caso que planteas es una Derivada en cuotas, otra posibilidad.
Gracias

COLUMBO