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  • Resolucion que permite no tomar el sigip

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #179116  por lawyer2007
 
Hola queria saber si alguien sabe decirme de una resolucion de anses que
permite que no se tomen los aportes del sigip y poder calcular los del sicam solo (aportes sicam y sigip simultaneos o superpuestos ) , claro para los casos que no convenga o sean escasos.
ya que a mi parecer y de otros colegas se puede tener aportes
simultaneos en sigip y sicam solo que se cuenta 1 solo .
la duda radica en que al consultarlo en una udai me comentan
que ellos por este motivo rechazarian la liquidaciòn .
y creo que la persona que me lo dijo esta equivocada pero
es bueno contar con algun argumento por si me toca el turno con esto
saludos de lawyer y nos vemos en el almuerzo
Última edición por lawyer2007 el Sab, 07 Jun 2008, 18:04, editado 3 veces en total.
 #179211  por marcegaleano
 
lawyer2007 escribió:Hola queria saber si alguien sabe decirme de una resolucion de anses que
permite que no se tomen los aportes del sigip y poder calcular los del sicam solo (aportes sicam y sigip simultaneos o superpuestos ) , claro para los casos que no convenga o sean escasos.
ya que a mi parecer y de otros colegas se puede tener aportes
simultaneos en sigip y sicam solo que se cuenta 1 solo .
la duda radica en que al consultarlo en la udai moron me comentan
que ellos por este motivo rechazarian la liquidaciòn .
y creo que la persona que me lo dijo esta equivocada pero
es bueno contar con algun argumento por si me toca el turno con esto
saludos de lawyer y nos vemos en el almuerzo
Podes hacer la liquidacion pro la totalidad de aportes de autonomo, y si tiene aportes en la misma fecha (autonomo y relacion de dependencia) y se superponen te toman uno. Pero tenes que tener en cuenta el ultimo aporte de sijip, ya que si es posterior a lo que tenes en autonomo, debes respetarlo para aplicar los años de declaracion jurada. Ahi si no lo podes renunciar.

 #179231  por lawyer2007
 
si ok lo de la ddjj entiendo tambien lo mismo
es bueno saber que es como me parecia , pero si alguen colega del foro sabe de una resolucion o algo que pueda hacer valer estaria mas cubierto maxime si yoy a tener que lidiar en esa udai

antetodo gracias y sigamos realimentando el conocimiento previsional

 #179296  por lgaray
 
No se puede elegir que tomar y que no para el cálculo.
Nunca podrás renunciar a la Relaciòn de Dependencia, si a lo de Autónomo.
No es que te toman 1 haber si son simultáneos, se suman ambos, el sueldo de la Rel de Dependencia más la renta presunta de Autónomos, lo que, si entra dentro del conteo de las últimas 120 remuneraciones, favorece a la persona.-
 #179316  por lawyer2007
 
pero lo q sucede es que armè el sicam con los años necesarios
y hay unos mese en rrdd simultaneos, osea me dieron mal el sigip con hojas faltantes ahora en el turno cargue periodo
autonomo solo con eso me bastaria para jubilar + art 19 vos decis que me pueden hacer problema por no cargar la rrdd en el turno que me recomiendan que diga en el turno
saludos colaboradores del foro
 #179373  por lgaray
 
lawyer2007 escribió:pero lo q sucede es que armè el sicam con los años necesarios
y hay unos mese en rrdd simultaneos, osea me dieron mal el sigip con hojas faltantes ahora en el turno cargue periodo
autonomo solo con eso me bastaria para jubilar + art 19 vos decis que me pueden hacer problema por no cargar la rrdd en el turno que me recomiendan que diga en el turno
saludos colaboradores del foro

A ver Lawyer (que díficil!!)
Vos armaste el Sicam, contando solo lo de autonomos y el 19 y no tuviste en cuenta la R Dependencia. ¿ es asi?
Si pediste el turno, sin declar la RD, no importa, lleva al turno la Solicitud armada y pone asi :

Autonomos (*) desde (el primer mes que compraste) hasta (el último mes que compraste)
Empleador xx (1) desde (01/xx/xx) hasta (31/xx/xx)

Así con todas las RDependencia que te aparezcan en el Sijp, tomando tal cual lo que sale.

Abajo, en Observaciones pones
(*) Ver Sicam
(1) Aplicar Res. 980/05 y Circular 10/07 - Adjunto Anexo
Aplicar Art. 19 Ley 24241.

Llevás además al turno el Anexo II (exime de presentar las CSRem.) y listo.-

Viene la parte odiosa, ahora, que espero que no te pase.-
Todo lo que te dije lo podés hacer SI LA ULTIMA RELACION DE DEPENDENCIA NO TE CAMBIA LOS AÑOS DE LA DEC JURADA QUE CARGASTE EN LA SIT DE REVISTA DEL SICAM.
SI TE LA CAMBIA, Y TENES TIEMPO ANTES DEL TURNO, PEDI LA BAJA DEL SICAM URGENTE, ARMA OTRO Y LLEVA EL NUEVO AL TURNO. TE VA A CAMBIAR LA FECHA INICIAL DE PAGO PERO NO PERDES EL TURNO.
AHH, Y TENDRAS QUE PAGAR LA CUOTA DE VUELTA.-
 #179420  por lawyer2007
 
no mira la ddjj no me cambia nada porque tiene cese 04/2008 ultimo pagp de autonomos y no le di beneficio alguno de ddjj
lo que no entendi es lo que me decis que presente y ponga autonomo todo y lo de rr dd
si es la spp en la udai que voy lo hacen ellos siempre y te preguntan a lo sumo si aplicas 980/05
ahora no se si me lo decis que igual lo presente para arreglar algo o porque te lo piden en la udai que vas
de todos modos si podes aclarame si que no lo haya cargado en el turno la rrdd y que se superponga no me va a dar problemas
aclaro que el sicam sin contar la rrdd esta bien armado y pasaria ok con los años que necesita
cordiales saludos de lawyer
 #179900  por lawyer2007
 
para aclarar entiendo me dicen que
larrdd no se renuncia ,se aplica conjuntamente con el autono enel periodo superpuesto entonces hago la spp y estaria bien aunque la udai lo haga automaticamente ????
 #180394  por lgaray
 
lawyer2007 escribió:para aclarar entiendo me dicen que
larrdd no se renuncia ,se aplica conjuntamente con el autono enel periodo superpuesto entonces hago la spp y estaria bien aunque la udai lo haga automaticamente ????
Una vez lei una respuesta de Empédocles, (a la que le sigo TODAS las respuestas) donde decía que, a no ser que modifique el derecho, lo que se declara en la solicitud del turno podía enmendarse (somos humanos) hasta tanto no se implemente la informatización de la SPP.
A pesar que los iniciadores cargan la SPP en el sistema, yo siempre la llevo completa y nunca me la devolvieron.
Quizás dependa de la Udai.-
 #181208  por lawyer2007
 
Ok entonces vamos a llevar la spp completita , anexo II y no mas pruebas por las dudas en el maletin y con todas estas armas nos presentaremos.vos decìs que con eso va a ir bien?????????
ah y otra vez ah
es la ùltima vez que pido un sigip de ahora en mas clave de ss
para todos .
parece que o quieren ahorrar en papel o lo hacen aproposito ya no se que pensar empecè a ir yo pedir las 4 pantallas de sigip
y te dicen para que Dr si no hay nada esto es lo unico etc... etc....
Bueno Saludos a todos y nos vemos en el almuerzo.......