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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #178773  por Stella Maris
 
Tengo que consultarles algo. Es un reajuste en el cual se renuncia al patrocinio. Para acreditar nueva personeria se necesita hacer nuevamente el acta poder en la calle Lavalle o simplemente se presenta en el expediente? Muchas Gracias desde ya. Stella Maris

 #179022  por corina
 
Mi consejo, con Poder.
 #179704  por Stella Maris
 
corina escribió:Mi consejo, con Poder.
Te agradezco mucho Corina. Stella Maris.

 #179914  por olmedo357
 
Una consulta ya que estan en el tema, a donde y cómo se hace el acta poder, ya que soy nuevo en el tema de reajustes y nunca los he iniciado desde el principio como apoderado. muchas gracias
 #179932  por Stella Maris
 
[quote="olmedo357"]Una consulta ya que estan en el tema, a donde y cómo se hace el acta poder, ya que soy nuevo en el tema de reajustes y nunca los he iniciado desde el principio como apoderado. muchas gracias[/q

La Camara Federal de la Seguridad Social está en Lavalle 1272 PB, Oficina de Poderes, el tramite es gratuito. Se va con un formulario " Minuta acta poder" y DNI del titular, el tramite es personal. El horario es de 10 a 13. Stella Maris.

 #180664  por olmedo357
 
Muchas gracias stella, y esa minuta te la dan ahi en la cámara?

 #180816  por dool
 
chicos, a lo mejor me engancho re mal, pero el poder se puede firmar en cualquier juzgado que esté de turno, no sólo en la Cámara Fdral.-
saludos

 #182534  por Fio
 
Perdon por la ignorancia. Pero para pedir vista en San Martin del Expediente, se necesita tambien ese poder o en ese caso es la carta poder de Anses que utilizamos para iniciar una jubilacion?
En el caso del reclamo administrativo, se necesita algun poder?
 #183070  por ANALIA1974
 
Fio escribió:Perdon por la ignorancia. Pero para pedir vista en San Martin del Expediente, se necesita tambien ese poder o en ese caso es la carta poder de Anses que utilizamos para iniciar una jubilacion?
En el caso del reclamo administrativo, se necesita algun poder?
En Anses para reclamos de reajuste estan pidiendo poder especial ante notario, cuando el que lo inicia es el abogado, En los juzgados federales aceptan las actas poderes certificadas por la camara federal. En san martin no se que piden

 #183260  por marcebyte
 
El poder judicial se hace ante la Cámara y ellos no te dan la minuta, te dan un talón con el número de poder.
Tenés que presentarlo en el juzgado y pedir que se libre oficio a la Cámara para que acompañe el acta poder.

Saludos

 #183273  por Alejandra Radua
 
Fio escribió:Perdon por la ignorancia. Pero para pedir vista en San Martin del Expediente, se necesita tambien ese poder o en ese caso es la carta poder de Anses que utilizamos para iniciar una jubilacion?
En el caso del reclamo administrativo, se necesita algun poder?

Fio: Para San Martín necesitás la carta poder que te otorga Anses.

Daniela

eh?

 #186865  por ANALIA1974
 
marcebyte escribió:El poder judicial se hace ante la Cámara y ellos no te dan la minuta, te dan un talón con el número de poder.
Tenés que presentarlo en el juzgado y pedir que se libre oficio a la Cámara para que acompañe el acta poder.

Saludos
Marce: tan enroscados son en capital?? mira yo les hago certificar la firma en la Camara Federal de Mar del Plata y con ello me Presento en Capital. hasta ahora no tuve problemas, mas no sabía queera asi en Capital.-
Ahora, la minuta la firma la persona en la Camara? y de ahi pedis desde el juzgado?