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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #172965  por MARCEJU
 
El proveido dice:
Buenos Aires, 9 de mayo de 2008….Previo a todo trámite líbrese oficio a la Procuración del Tesoro de la Nación a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el art. 8 de la ley 25344 que habrá de ser confeccionado y diligenciado por la parte. Fecha, remítase a la Sra. Representante del Ministerio Público, conforme los términos del art. 8 de la ley 25344. Fdo. Alicia I. BRAGHINI Juez Federal Subrogante”

Entiendo q si bien no lo dice el proveido tengo q acompañar copia de la demanda y documental por aplicación del art. 8, ahora mi duda es q es eso de "remítase a la Sra. Representante del Ministerio Público"???
Hice el oficio dirigido al Sr Procurador del Tesoro de la Nación, ademas tengo q hacer otra cosa??

Espero alguna respuesta!!!
Muchas gracias!!
 #172973  por Stella Maris
 
MARCEJU escribió:El proveido dice:
Buenos Aires, 9 de mayo de 2008….Previo a todo trámite líbrese oficio a la Procuración del Tesoro de la Nación a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el art. 8 de la ley 25344 que habrá de ser confeccionado y diligenciado por la parte. Fecha, remítase a la Sra. Representante del Ministerio Público, conforme los términos del art. 8 de la ley 25344. Fdo. Alicia I. BRAGHINI Juez Federal Subrogante”

Entiendo q si bien no lo dice el proveido tengo q acompañar copia de la demanda y documental por aplicación del art. 8, ahora mi duda es q es eso de "remítase a la Sra. Representante del Ministerio Público"???
Hice el oficio dirigido al Sr Procurador del Tesoro de la Nación, ademas tengo q hacer otra cosa??

Espero alguna respuesta!!!

No tenes que hacer nada mas, despues pasa a vista de fiscal.Stella Maris
Muchas gracias!!

 #172992  por giorgia
 
primero envias oficio a la procuracion, completando el formulario tipo que sale en la pagina de la procuracion.

 #173028  por rachelcba
 
Hola marceju: lo del Ministerio Público, se refiere a la intervención del fiscal, por lo que el expediente deberá remitirse a la fiscalía (lo hace el mismo tribunal, al menos así es en Córdoba). Está en el CPCN. Saludos !!!!!

 #173117  por MARCEJU
 
Muchas gracias por las respuestas!!!
Les hago otra pregunta. Con la demanda presenté una copia sola de traslado p el anses, como tengo q presentar copia de la demanda y documental la tengo q llevar al juzgado p q la certifiquen o algo o solo les tienen q sellar el oficio??

 #173193  por marluwill
 
MARCEJU escribió:Muchas gracias por las respuestas!!!
Les hago otra pregunta. Con la demanda presenté una copia sola de traslado p el anses, como tengo q presentar copia de la demanda y documental la tengo q llevar al juzgado p q la certifiquen o algo o solo les tienen q sellar el oficio??
Hola chicos aca en capital, el oficio se hace por art. 400 CPCC, dirijido a la Procuracion del tesoro, te lo sellan en el momento tenes que acompañarlo con el formulario del art. 8 y copias de la demanda y la documental (generalmente lo que hago es sacar copia de todo lo que presente cdo inicie el tramite en sede judicial). Espero haber sido clara, saludos marluwill
 #173336  por das
 
hola marceju
me podrias enviar modelo de reclamo administ
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" .com gracias

 #173377  por MARCEJU
 
Gracias marluwill,
entonces no tengo q presentar en el juzgado el oficio junto con la copia de demanda y docum solo el oficio q es lo sellan, no???

Perdon q pregunte tanto pero no me quiero mandar ninguna...

 #173514  por dool
 
tenés q presentar 4 juegos de dda + documental:
1 en original queda en el exp
1 para correr traslado de la dda a ansés
1 para el Oficio a la Procuración del Tesosro de la Nación
1 para vos.-

si te falta alguno, presentalo.- acordate q las copias son certificadas (por el profesional)
saludos

 #173650  por MARCEJU
 
claro, yo presenté tres. Una p mi otra p el expte y otra p el anses. Entonces agrego la q se presenta en la Procuración

Gracias!!

 #173785  por VGalbicka
 
Es para que el Tesoro lleve cuenta de los juicios contra el Estado e incluir esas posibles erogaciones, en las partidas del presupuesto siguiente.

 #173806  por dool
 
pues claro hombre!!!!!!