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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #170791  por sam1981
 
Y perdon la ignorancia, pero pregunto... esa famosa jubilacion sin aportes (llamada de Ama de Casa), sigue vigente???? se podria hacer en este caso????

digo x ignorancia xq no se si es posible...

besos y gracias!

 #170827  por andrea1982
 
Mmmm.. se la llama vulgarmente de ama de casa, pero en realidad es que la gente paga dentro de la moratoria, y la moratoria vigente hoy llega hasta 1993.

 #170829  por andrea1982
 
Justiniano escribió:Hola Andre, te hago una consulta similar a la del post: una mujer con 60 años recien cumplidos que nunca realizo aportes, podrà jubilarse con alguna moratoria que le descuente las cuotas de la jubilacion si es que se la otorgan? Muchas gracias!
Justianiano, tenés que partir de la base que las mujeres tienen que tener 60 años y los hombre 65...Y además 30 años de aportes (en ppio., porque hay excepciones)

En la moratoria vas a poder incluir todo aquello que no pago desde su cumpleaños 18 (tendrías que tomar el mes posterior) al 9/93, si no entran los 30 años dentro de la moratoria, tenés que pagar por fuera, o sea de 1993 en adelante, lo más barato es SDM (creo que es desde el 2000).
Después tenés años de declaración jurada, exceso de edad, etc.
Pero son para el caso concreto.

 #170846  por FREDY44
 
Andrea, me parece que no estas haciendo bien las cuentas, te parece que con 8 años de aportes tiene que comprar solo 2 años y tantos meses, por favor revisa lo que pones, no confundamos sin querer.

Y respecto a tu pregunta SAM si se puede hacer, es lo que yo te conteste primero, busca los post.

Y perdon la ignorancia, pero pregunto... esa famosa jubilacion sin aportes (llamada de Ama de Casa), sigue vigente???? se podria hacer en este caso????

digo x ignorancia xq no se si es posible...

besos y gracias!

FEDE

 #170864  por andrea1982
 
Si leés bien te vas a dar cuenta que eso es lo que tiene que comprar después de 1993, según mi cuenta...

Decime dónde considerás el error?.

A lo segundo, no existe ningún ley de ama de casas o jubilación sin aportes, no se quien inventó eso, pero no existe, lo único que existe es la posibilidad de pagar dentro de la moratoria y que las cuotas se descuenten de propio haber jubilatorio.

Saludos
Última edición por andrea1982 el Vie, 23 May 2008, 18:23, editado 2 veces en total.

 #170867  por andrea1982
 
andrea1982 escribió:Yo no hago jubilaciones (soy estudiante, no abogada) y acá en Rosario tengo entendido que cobraban intereses para SDM...
A ver..
Nació el 30 enero de 1948, hoy tiene casi 60 años y 4 meses, o sea 2 meses por exceso de edad.
Aportó, casi 7 años y 10 meses
Tenés entre 2/66 a 9/93 27 años y 7 meses
27 años y 9 meses porque le sumo el exceso de edad....
Te faltarían 2 años y 3 meses... a mi me da como $1800 de contado.
Pero no estoy segura.. alguien tendria que revisar si estan bien las cuentas que hice... y además, no se cuanto vale bien SDM.
Me autocité para que alguien revise

 #170877  por maria juana
 
respuesta para sam:
si puede jubilarse tu mama, yo haria una situacion asi:
02/1966 hasta 04/1970 - sicam
04/1978 hasta 09/1993 - sicam
05/1970 hasta 03/1978 - relacion de dependencia

todo eso te suma 27 años 6 meses y 21 dias.-

mas 1 mes por exceso de edad son 27 años y 7 meses, lo que significa que te faltan 2 años y 5 meses para llegar a los 30.-

esos 29 meses podes ubicarlos entre el 4/2000 y el 8/2002 y en mi opinion pagalos a $ 20 cada uno.-

con cese en el año 2002 el beneficio a aplicar en el sicam es de 3 años - art 3 de la 24476.-
espero te sirva este detalle... chau

 #170884  por maria juana
 
la ley de jubilaciones es una sola, la 24241.
se denomino vulgarmente jubilacion de ama de casa, porque se les dio la oportunidad de pagar a toda aama de casa que nunca tuvo aportes una moratoria que se la van descontando de los haberes....-

pero esta posibilidad tambien es para el kiosquero, para el carnicero, para el jardinero, para la almacenera, etc... la ley es una sola ....24241.-

la ley de la moratoria vigente es la 24476.-

seria interesante que todos le pegaramos una leidita a la ley asi no gastamos polvora en chimangos!!!!!!!!!!!!

 #172247  por sam1981
 
muchas gracias a todos!!!