Hola buena gente, perdon por la preg, pero no puedo recorda cual era la circular que establecia que el retroactivo debia pagarse desde la fecha de envio del plan (sicam) si alguien fuera tan amable de pasarmela se los voy a agradecer muchisimo
El bebeficio se liquida desde la fecha de SOLICITUD abarcando tal concepto la de la liquidación de la deuda o la del pedido del turno, según hayan o no transcurrido 45 días entre una y otra.-