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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #170001  por yesiyeyo
 
hola que tal... me gustaria que me ayuden porque soy nueva en esto y tengo una duda de como aplicar el articulo 3º de la ley 24.476 de jubilaciones y pensiones.

un señor que lo tengo que jubilar por chofer, cumple los 18 años en 1967 y su cese es en el año 1999, y nose cuantos años le corresponden por articulo 3º, tiene algo que ver con el articulo 38 o es indiferente y solo tengo que tener en cuenta el cese? y le tengo que poner 5 años... espero su ayuda gracias..

 #170010  por andrea1982
 
Hola! si entrás a infoleg.gov.ar y buscás la ley 24.241 te aparecen todas las tablitas dentro de la ley. El art. 3 se aplica igual que el 38, excepto que el 3 es hasta 1993, pero usás la misma tablita.
ojo! que los años son en total, si usas art. 38 y 3, tenés que sumar y no superar lo que te permite la ley...
No se si fui clara :S

 #170015  por yesiyeyo
 
bueno gracias voy a ver si entiendo jajaj

 #170152  por miranda espasandineugenia
 
[Si no me euivco el art. 38 de la ley 24241 lo podes aplicar solamente hasta 1968 yo siempre utilizo el art. 3 de la 24476 si tuvo cese en el 99 le corresponden 5 años de ddjj pero solo podes aplicarlo hasta el 09/1993 esperos mas opiniones

 #170154  por andrea1982
 
Si, así es.. 38 hasta el 68, art. 3 hasta 1993, y se suman, no podés poner 5 de cada uno, son 5 en total.

Saludos