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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #169465  por GABRILITAIURIS
 
Hola! me dan una opinion al respecto??
Hombre fecha nac. 11/05/1943


periodos prescriptoscategoria D 01/1978-06/1980 activ.485 autonomo
categoria A 07/1980-12/1986 activ.485 autonomo
categoriaB 01/1987-04/1998 activ.485 autonomo
periodos no prescriptos
categoria B 05/1998-10/1998 activ.485 autonomo
09 monotributo previsional .Aport.no agropecuario
11/1998-03/2000 monotributista
10monotributo previsional.trabajador activo
04/2000-06/2004 monotributista
13monotributo previsional.trabajador activo con aporte reparto
07/2004-01/2006 monotributista

luego la sit.de rev la arme asi
06/1961 12/1977 401
01/1978 06/1980 485
07/1980 12/1986 485
01/1987 04/1998 485
05/1998 10/1998 485
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
07/2004 01/2006 13
BENEFICIOS
01/1978 06/1980 Prescripción Ley 14236
07/1980 12/1986 Prescripción Ley 14236
01/1987 09/1991 Prescripción Ley 14236
01/1996 01/1996 Prescripción Ley 14236
01/1999 01/1999 Art. 1 Ley 25321
01/2000 01/2000 Art. 1 Ley 25321
05/2005 01/2006 Art. 1 Ley 25321
tengo 1 año de dd jj verdad?

que les parece este lio???estara bien? :? gracias !!!

 #169468  por abrileuge
 
bancame un toque que lo imprimí lo reviso y te digo mi opinion,besos.
Sil

 #169483  por GABRILITAIURIS
 
:D gracias abril :D

 #169875  por Amber
 
Gabriela, en mi opinion esta mal: tenes que comprar 30 años y si prescribis y renuncias a todos esos años...fijate no te quedan 30 ... :?
Y desde el 10/93 al 12/95 si no le aplicas beneficios los tiene que pagar de contado...o los tiene pagos? :roll: :roll: :roll:
Revisalo a ver si te das cuenta de los errores...

 #169890  por GABRILITAIURIS
 
Gracias Amber x verlo y dar tu opinion!!!
te explico lo que yo hago :lo que no puse beneficio es porque en el detalle de deuda me da 0.Esto quiere decir que no hay deuda interpreto yo.LO que aplique 25321 y prescrpcion fue x q genera deuda.
Yo lo que hago es poner en situacion de revista aquello que veo como PERIODO PRESCRIPTO Y PERIODO NO PRESCRIPTO,respetando las categorias.y luego aplicar beneficios a lo que genera deuda.Como me falta compre desde 06/1961,mes siguinte al q cumpliria los 18 años.
Esta bien como lo hago yo? ESto es un ssegundo nivel para mi,ya habia liquidado,pero autonomos puros,q es mas facil.Aca se me complica :?

 #170023  por juanlll
 
Aprovecho para que puedan despejar también una duda que tengo yo!

Si al hacer la situación de revista luego lo calculo y en el detalle de la deuda me sale 0, eso significa que por tal período no se debe nada?, estaría pago y consecuentemente acreditado a los efectos previsionales??


Pregunto esto porque tengo un caso que tenía hecho un sicam por un abogado que al final nunca fue presentado. El tomó desde el año 1960 en adelante para hacer la situación de revista, donde figuraban algunos períodos impagos.
Yo hice una nueva situación de revista en la que retrotraje la fecha inicial a 1955 (teniendo en cuenta que el cliente ya tenía 18 años en esa fecha), y al hacer el cálculo en el detalle de la deuda me sale 0, esto quiere decir que el período estaría ya pago?


Gracias a todos!

 #170418  por Amber
 
juanlll escribió:Aprovecho para que puedan despejar también una duda que tengo yo!

Si al hacer la situación de revista luego lo calculo y en el detalle de la deuda me sale 0, eso significa que por tal período no se debe nada?, estaría pago y consecuentemente acreditado a los efectos previsionales??


Pregunto esto porque tengo un caso que tenía hecho un sicam por un abogado que al final nunca fue presentado. El tomó desde el año 1960 en adelante para hacer la situación de revista, donde figuraban algunos períodos impagos.
Yo hice una nueva situación de revista en la que retrotraje la fecha inicial a 1955 (teniendo en cuenta que el cliente ya tenía 18 años en esa fecha), y al hacer el cálculo en el detalle de la deuda me sale 0, esto quiere decir que el período estaría ya pago?


Gracias a todos!


Para Juan: Tambien podria ser que estaba acogido a la moratoria 592, fijate al principio donde cargas los datos personales si no te figura la moratoria...y fijate tbn en el padron historico de autonomos ...

Para Gabriela: si prescribis y aplicas la 25321 esos periodos no se cuentan como años de servicios, en cuyo caso lo nuevo que compraste no te alcanza para cubrir los 30 años que necesitas...

 #171598  por anya
 
No se si saque bien la cuenta de Gabriela, pero me parece que llega y se pasa...me da 30 años y 11 meses.

Fijate cuando haces el calculo, en detalle de deuda que te de todo en 0.

El art 3 lo tomas segun el ultimo pago efectuado