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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #2774  por Sol Lago
 
Hola a todos.
Lo que yo quisiera saber es, si alguien tiene la RS 51/06 que habla del cese ficto de tareas autónomas, por la cual se tendría en cuenta el último pago de autónomo realizado.
Si saben donde la puedo ubicar agradecería que me informen, o si saben como se tramita dicho cese, si tengo que presentar algo en la AFIP ó solo lo menciono en el formulario de inicio de trámite en el ANSES

 #2793  por marian27
 
infoleg.gov.ar

 #169010  por GABRILITAIURIS
 
se podra responder este post?porque me genera la misma duda :oops:
como se tramita el cese ficto???gracias!

 #169018  por Nieves 08
 
Hola Chicas. bueno les comento mi opinión. El cese ficto no se tramita físicamente en Afip. Se toma, en el SICAM el ultimo pago de autonomos como cese ficto y es lo que va a configurar los años de declaracion jurada que se pueden aplicar a esa liquidacion. Si hay deuda posterior se aplicará la 25321 o la prescripcioón depende del año. y tampoco se declara en el formulario de inicio ( que ya practicamente no lo piden) A veces el iniciador pregunta que fecha de cese se tomó. No se si alguien puede aclarar algo más cualquier cosa que no haya sido clara por favor diganmelo. Besos Nieves.

 #169020  por GABRILITAIURIS
 
muchas gracias nieves!te pregunto si el periodo que no esta pago,se renuncia,se toma desde alli la dd jj??? :roll: ya lo pregunte en otro post,pero estoy buscando y pregunto aca tambien,para que quede clarito jeje :lol:

 #169023  por juanlll
 
si el último aporte no es de autónomo sino de relación de dependencia se tomaría éste???

Es decir: RRDD 1/92 hasta 01/1997
Autónomo impago: 02/1997 hasta 01/2005

Renunciaría todo lo de autónomo por L. 25321 y tomo como cese ficto 01/1997 (último aporte en relación de dependencia)?

 #169026  por GABRILITAIURIS
 
eso mismo pregunto yo,porque pague sdm año 2001,y tome dd jj x 4 años,no tome desde 2007,periood al cual renuncie con 25321,que bueno que sirvio a otro el post :lol:

 #169041  por Amber
 
Si el ultimo aporte es de rel.de dependencia, marca el cese y los años de DDJJ a tomar.
Si era autonomo y estubo inscripto por ej hasta hoy pero el ultimo pago lo hizo en el 94 se puede aplicar cese ficto desde el ultimo pago, renunciando por la 25321 y tomar en este ejemplo 7 años de DDJJ...

 #169044  por GABRILITAIURIS
 
Vuelvo a vivir jaja,gracias Amber! crei que me habia mandado una macana!!!! :oops: :D

 #169111  por juanlll
 
agradezco yo también tu colaboración Amber!