• La presentación del reclamo debe ser realizada dentro de los dos (2) años posteriores a la fecha correspondiente a los haberes impagos reclamados.
• Para el pago inmediato, el mensual reclamado debe encontrarse dentro del año inmediato anterior a la fecha del reclamo.
• Si el mensual reclamado corresponde al inmediato anterior al que se encuentra en curso de pago, debe presentar el formulario de Certificación Bancaria, provisto por ANSES.
IMPORTANTE
Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación de la documentación que corresponda en cada caso.
Documentación a presentar
• DEL TITULAR
• Exhibir DNI, LC, LE o CI en caso de figurar esta en la OPP, para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI, deberá presentar constancia de DNI en trámite.
• Formulario de reclamo de repago inmediato provisto por ANSES (PS 6.5), sólo a demanda de ANSES.
PERO: EL OTRO DIA FUI CON UNA SRA. QUE TENIA EL PAGO SUSPENDIDO POR FALTA DE PAGO DE CUOTA Y LLEVO LA CONSTANCIA DE DNI EN TRAMITE, NO LE HICIERON EL TRAMITE, QUIEREN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DONE TAMPOCO VA A FIGURAR EL NRO.
Si, si. La página muy linda, pero se levanto, fué, hablo con la Supervisora
y volvio con la máquina de flit.
Dijo que era muy comprometedor hacer un repago sin documento.
Encima esta mujer es del Chaco, donde me pidieron el nro de folio, Tomo, que como imaginarás no tiene ni idea.
Tendre que esperar 30 DIAS PARA LA BUSQUEDA
Si se inicia un expte. SIN documento, es decir con la constancia, la liquidación no sale al pago hasta que el titular presente el documento, aunque ahora con el ADP por ahñi se les escapa a los computistas.-