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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #166301  por ALE5320
 
Hola a todos, queria vuestra orientacion, es un hombre que tiene 65 años con 42 años de aportes, en el año 2000 se inscribe como autonomo, a la fecha tiene algunos periodos pagos y otros en deuda, como se maneja este tema, debo prescribir los periodos en deuda y lo que esta pago quedan en firme??? De nuevo gracias por estar.

 #166330  por rachelcba
 
Hola Ale: Primero tenés que asegurarte los 30 años, es decir tenerlos acreditados (que figuren en el sijp o en su defecto contar con los recibos de haberes). Lo de autónomo, si no lo necesitás lo podés renunciar con la 25321, te tiene quedar deuda 0 y no enviás el plan, sólo imprimís los form. 558. Suerte !!!!!!

 #166432  por fernandaaguilar
 
Opino que teniendo períodos pagos como autónomo hagas valer los que tiene abonados efectivamente, para que te suba el haber gracias al exceso de aportes.

 #166447  por lgaray
 
A veces no conviene tomar los de autónomos por más que esten pagos, te sube la PBU, 2 $ por año, pero te baja el haber promedio para el cálculo, más si es una categoria baja.-
Tendrias que detallar un poco más.
Relaciòn de dependencia total y hasta cuando llega
 #166483  por NORMA
 
ALE5320 escribió:Hola a todos, queria vuestra orientacion, es un hombre que tiene 65 años con 42 años de aportes, en el año 2000 se inscribe como autonomo, a la fecha tiene algunos periodos pagos y otros en deuda, como se maneja este tema, debo prescribir los periodos en deuda y lo que esta pago quedan en firme??? De nuevo gracias por estar.
Si,los periodos donde tiene deuda ,tenes que renunciarlos art. 1 ley 25321.Saluditos.

 #166484  por NORMA