Hola foristas. Quería preguntarles a los fines de determinar la regularidad o irregularidad con derecho. Los 30 meses o 18 dentro de los últimos 36 meses ¿se toman de la solicitud de prestación previsional para atrás o se puede contar del cese para atrás?. La pregunta es porque mi cliente me consultó por el esposo que dejó de trabajar en el 2001 y de ahí a la fecha no registra aportes precisamente porque en el 2001 tuvo una gran operación del corazón con una incapacidad del 80%. Espero ayuda. Un saludo enorme.
natalia
