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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #158386  por cristhina
 
Necesito saber si una persona puede pedir RTI.
Nunca fue autonomo
Solo tiene 13 años y 4 meses de servicios.
Pero tiene los 18 meses dentro de los ultimos 36.
El no completar el 50 % de los servicios le impide ser Irregular con derecho?
Gracias

 #158430  por EDUARDO SUAREZ
 
TOMADO DE LA PÁGINA DE ANSES

Consideraciones generales



El goce del Retiro por Invalidez es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.



Requisitos que debe reunir



APORTANTE
REGULAR Acreditación de la Calidad de Aportante:
• Haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación.
• Acreditar el mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común (30 años) o diferencial conforme al decreto o ley en el que se encuentre incluidos, para acceder a PBU/ PC/ PAP. De no reunir este requisito, podrá completar los 30 años de servicios con aportes mediante la adhesión a la moratoria Ley 24.476 y así adquirir la calidad de Aportante Regular.



APORTANTE
IRREGULAR
CON
DERECHO Puede acreditar la irregularidad con derecho a través de las siguientes opciones:
• Haber aportado como mínimo dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) últimos anteriores a la solicitud de la prestación.
• El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común o diferencial en el que se encuentre incluido para acceder a la PBU/ PC/ PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales. De no reunir este 50% podrá completarlo mediante la adhesión a la moratoria Ley 24.476, siempre que acredite el pago de doce (12) meses de aportes dentro de los 60 meses anteriores a la solicitud.

A los fines de acreditar la condición de aportante regular o irregular con derecho , deberán tenerse como servicios con aportes para el trabajador autónomo, el ingreso de las cotizaciones pertinentes durante el mes de la fecha de vencimiento, en tiempo y forma y para los trabajadores dependientes la retención efectuada por los empleadores.




Documentación que debe presentar



EN TODOS LOS CASOS:

• DEL TITULAR

• Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.
• Estudios, diagnósticos y certificados médicos que posee, firmados por los médicos que lo asistieron. Original
• Nómina de los médicos que lo asistieron, y actualmente lo asisten detallando: apellido y nombre del especialista, número de matrícula y domicilio del consultorio, clínica, sanatorio u hospital donde desempeña sus tareas. Original.
• Formulario "Declaración Jurada sobre nivel de educación formal alcanzado", o "Declaración Jurada firmada por el titular". Original.

ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN DETALLADA PRECEDENTEMENTE:

• SI ES TRABAJADOR AUTÓNOMO
• SI TIENE BOLETAS DE PAGOS AUTÓNOMOS Y/O MONOTRIBUTISTAS PARA VALIDAR
• Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página WEB de AFIP ( www.afip.gov.ar ).

• Boletas originales y fotocopias de los pagos autónomos y/o monotributistas incorporados y/o modificados a través del Sistema SICAM.
• Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder y sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM, una vez finalizado el proceso de validación.
• Si no tiene boletas de pagos para validar:

• Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página WEB de AFIP ( www.afip.gov.ar ).

• Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder, sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM.

• SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA CON CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

• Formulario P.S.6.2 "Certificación de Servicios y Remuneraciones", y los extendidos con anterioridad, debidamente certificados.
• Formulario P.S.6.1 de "Afectación de Haberes" debidamente certificado, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de Vida o Préstamo.
• Formulario P.S.5.7 "Derivación de Aportes de Obra Social", en caso de optar por la misma obra social de su actividad laboral.


• SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA SIN CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

• A falta de Certificación de Servicios, podrá presentar:
• Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.
• Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia
• Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL. (ex cajas). Original y fotocopia.


• DEL REPRESENTANTE

• Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad.
• Formulario P.S.6.4 "Carta Poder". Original, sólo en caso de no ser incluido en el Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.
• Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado. Caso contrario, se deberá solicitar:
• Si es profesional (abogado):
• credencial habilitante.
• DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
• Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES
• Si es gestor:
• DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
• Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES

 #158505  por margot
 
Si tiene 18 meses dentro de los últimos inmediatos anteriores a la fecha en que lo solicite, es un aportante irregular con derecho y va derechito así nomás, sin complicarte.-

 #158513  por Andrea Passodomo
 
TIENE REGULARIDAD , como bien dijo Margot !!!. y por ende, segun la regularidad, sera el haber a percibir el 50% del prom de los ulitmos 5 años si es IRREG C DERECHO y 70% si es REG C. DERECHO. Cualquier cosa q neecsites avisa y te voy guiando. besos a todos. ANDREA.-