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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #157380  por analiaTorres
 
HOLA A TODOS... TENGO UNA PEQUEÑA DUDA..
UN SR. INICIO LA JUB ANTICIPADA EN EL 2005.
LE SALIO EL BENEFICIO EN EL 2007.
EL TEMA ES QUE LE PAGARON RETROACTIVO DESDE QUE CUMPLIO LOS 65 AÑOS...
QUE PASO CON EL RETORACTIVO DESDE LA FECHA DE INICIO???
PUEDE RECLAMARLO??
SI ES ASI... ALGUIEN SABE LOS PASOS A SEGUIR?'
GRACIAS :wink:

 #157409  por margot
 
No abundás en detalles pero parecería que si, por Beneficiarios

 #157508  por analiaTorres
 
a ver...
Este hombre inicio la jubilacion anticipada en el 2005. tenia 63 años.
despues de presentar 3 prontos despachos y 1 carta documento... le salio el beneficio de JUBILACION ORDINARIA en diciembre de 2007.
Cuando va a cobrar... se fija en la resolucion y se da cuenta que el retroactivo que le abonan.. no es a la fecha de inicio del tramite... es a la fecha que cumplio los 65 años... la edad requerida para jubilarse...
Ahora bien.. mi pregunta es.... se puede reclamar el retroactivo no abonado a la fecha de inicio....??? si es asi... que pasos debo seguir.
Mil Graciasssssssss :wink:

 #157511  por Selma
 
analiaTorres escribió:a ver...
Este hombre inicio la jubilacion anticipada en el 2005. tenia 63 años.
despues de presentar 3 prontos despachos y 1 carta documento... le salio el beneficio de JUBILACION ORDINARIA en diciembre de 2007.
Cuando va a cobrar... se fija en la resolucion y se da cuenta que el retroactivo que le abonan.. no es a la fecha de inicio del tramite... es a la fecha que cumplio los 65 años... la edad requerida para jubilarse...
Ahora bien.. mi pregunta es.... se puede reclamar el retroactivo no abonado a la fecha de inicio....??? si es asi... que pasos debo seguir.
Mil Graciasssssssss :wink:
Tenes que ir al sector beneficiarios y presentar una nota reclamando el error en el cálculo del retroactivo del haber inicial haciendo mención a todo esto que estas contando y acompañar constancias de la fecha de incio del trámite y del tiket de pago del pimer haber...

 #157686  por ilvinavaleria
 
fijate bien si no esta pago, porque muchas veces la resolucion dice que adquiere el derecho por ley 24241 desde que cumple los 65, pero en el monto de la liquidacion esta comprendido, hace la cuenta y ficjate si te da la cuenta, sino tenes que hacer como te dijeron, es un tramite que demora bastante! :?