Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDAAAAA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #156724  por pascualsabrina
 
HOLA GENTE ME ACABO DE INCORPORAR AL FORO Y TENGO UAN SITUACION QUE ES LA SIGUIENTE: ingrese los reclamos administrativos por reajustes de haberes pero hace ya varios meses y no se expiden 8hablo de las udai de rosario) una colega (apoderada de anses) me aconsejo que ingrese igualemnte el expediente en via judicial.... QUE HAGO??? no me lo rebotaran??? ..... y en el caso de que ni siquiera haya ingresado el tramite en via administrativa??? NO ME DECRETARAN QUE TENGO QUE AGOTAR ESA VIA PREVIAMENTE??? O me daran bolilla y oficiaran a anses?? ALGUIEN TIENE IDEA DE LA RESPUESTA????
gracias!!!!!!!!

 #156805  por andrea1982
 
Yo también soy de Rosario (estudiante), al respecto tenia la siguiente duda, suponiendo que ANSeS cajonea los reclamos, se puede pedir un pronto despacho y luego un amparo por mora y si no resuelven considerar agotada la via administrativa para iniciar el juicio?
Saludos

 #156826  por dsncorp
 
Son varias las soluciones posibles. Si se exceden en el termino de 90 dias que se contempla para el reclamo, se puede: a) presentar pronto despacho bajo apercibimiento de iniciar amparo por mora, b) presentar directamente en el juzgado una vez vencido los 90 dias ya que ante omision o silencio de la administracion se considera expedita la via administrativa. Opcion c) Y aca ver el criterio del Juzgado Federal, es presentar directamente, sin interponer previo reclamo administrativo en ANSeS, el reclamo en el juzgado puesto que este es considerado como un exceso ritualismo. Saludos cordiales.

 #157044  por pascualsabrina
 
dsncorp escribió:Son varias las soluciones posibles. Si se exceden en el termino de 90 dias que se contempla para el reclamo, se puede: a) presentar pronto despacho bajo apercibimiento de iniciar amparo por mora, b) presentar directamente en el juzgado una vez vencido los 90 dias ya que ante omision o silencio de la administracion se considera expedita la via administrativa. Opcion c) Y aca ver el criterio del Juzgado Federal, es presentar directamente, sin interponer previo reclamo administrativo en ANSeS, el reclamo en el juzgado puesto que este es considerado como un exceso ritualismo. Saludos cordiales.
Muchas gracias... son las variables que estuve viendo yo el tema del pronto despacho ya esta, ya lo hice, creo que me voy a inclinar por la opcion b.... despues te cuento como me fue...