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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #155442  por javier12
 
Mujer nacida en agosto de 1946- No tiene ningun tipo de Aportes.

Situacion de Revista:

9/64 al 9/93- (29 años y un mes)
6/77 al 6/80 Art 3 (3 años y 1 mes)
4/84 al 2/85 Art 3 (11 meses) Total art 3 = 4años

Exceso de edad 19 meses que equivalen a 9 meses
9 meses Art 19

Compro 2 meses SDM

Gracias y espero respuesta

 #155462  por VGalbicka
 
en que periodo SDM?

 #155473  por norabe
 
Está bien la situación que planteas, yo pondría la ddjj del 06/77 a 09/80 y 04/84 a 11/84 (3a4m + 8m= 4a), suponiendo que el SDM lo pongas en el año 2000 ó 2001. Te baja un poco la cuota.
Fijate bien el día de nacimiento porque creo que llegás a compensar 10 meses. Si fuera así te haría falta sólo 1 mes de sdm.
Es una lástima que no puedas esperar, porque evitarías pagar ese mes y usarías 7 años de ddjj.

 #155477  por javier12
 
La mujer cumple años el 24 DE agosto. Segun mis calculos debo esperar hata julio para compensar los 11 meses. Esta bien lo que estoy diciendo?

24 de Agosto de 2006 cumplio los 60 y tengo que compensar 11 meses.

Hasta cuando tendria que esperar?

 #155782  por javier12
 
???? ALGUIEN ME PUEDE DAR CERTEZA HASTA CUANDO TENGO QUE ESPERAR PARA COMPENZAR

 #155829  por MARIMO
 
Hola

Te cuento mis càlculos:

tu clienta va a comprar por moratoria desde el 9/64 al 9/93 29 años 1 mes

para completar los años le faltaría completar 11 meses de Art. 19 ( En este caso que querès compensar con edad).

ese art. 19 se constituye por la mitad del exceso de edad, es decir que en este caso tendrìa que tener un exceso de edad de 22 meses.

Si tomamos como fecha de presentaciòn el dìa 24/8/208 tu clienta va a tener a ese dìa esta edad:

24/8/1946 al 24/8/2008 62 años

o sea 2 años de exceso de edad, que dividido en 2 te da

12 meses de art. 19 ( vos necesitàs 11 meses)

Es decir que si lo presentás el 24/8/2008 completarías 12 meses más.( siempre tratamos que sobre un poquito)

Yo lo presentarìa esa fecha, tomando el beneficio de los 7 años por DJ porque tenès cese al año 93.

VERIFICA BIEN LO QUE TE ESTOY DICIENDO

saludos

Maria