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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #153615  por cristhina
 
Alguien me podria decir si se puede aplicar Resolucion 980 para hacer un reconocimiento de servicios?
Gracias

 #153629  por elxene333
 
Si. Solicitalo en Observaciones en el SPP. Aunque como me dijo una iniciadora no debo solicitarlo ya que ellos si o si lo aplican. Lo unico es que despues cuando empezo a cargar los servicios, me dijo que estaba mal la carga, entonces tuve que explicarle que dice la probatoria 980.jejej

 #153715  por cristhina
 
Pregunto, para solicitar un Reco necesito llevar hecho el Sicam?
es decir tengo que imprimir todo aunque nunca haya sido autonomo o monotributista?
Y figure en cero.
Les cuento a mi cliente su empleador la intimo por cd para que tramite su jubi pero ella solo reune 16 años de servicio. Se le contesto por el mismo modo que ella va a hacer uso del Art. 19 para las mujeres.
Esta señora es pensiona con lo cual por ley 24476 tiene que pagar la deuda de contado.
Suponemos que el empleador va a querer llegar a un arreglo, porque esta mujer trabajo muchos años con ellos pero en "negro". Y queremos ir haciendo un Reco.

 #154263  por elxene333
 
Pero si nunca fue monotributista o autonomo y no vas a hacer reconocer los periodos como autonomos no es necesario llevar el sicam.

 #154287  por VGalbicka
 
cristhina escribió:Pregunto, Se le contesto por el mismo modo que ella va a hacer uso del Art. 19 para las mujeres.


Momento:
Cuantos años tienne la mujer?

Si le faltan años de aporte para llegar a los 30 y tiene que comprar por SICAM si, va a tener que imprimirlo y pagarlo antes de ingresarlo

No entiendo "le notificaste por telegrama el art19 al empleador" o entendi todo mal?
Porque decis art 19 para mujeres?


Por lo que me contas seria viable calcular en un sicam los años que le faltan (si ya tiene 60 o mas de edad) descontando art 19 de la ley 24241. Calcular 1 solo pago (en esta forma se descuenta casi un 33% de intereses) y ofrecerle al empleador que si se hace cargo de la deuda se le firma un acuerdo.
Yo lo hice y tuve buenos resultados.

 #155103  por cristhina
 
Suponemos que el empleador va a ofertar. Pero si no lo hace u ofrece algo irrisorio ya esta sabiendo que mi clienta se va a quedar hasta los 65.
Art. 19 ......las mujeres podran optar por continuar su actividad laboral hasta los 65 años de edad...
Mi clienta no sabe que hacer desde ya que solo con la pension no va a poder vivir y en el trabajo ya le estan haciendo la guerra sicologica.

 #155119  por Ishtar
 
cristhina escribió:Suponemos que el empleador va a ofertar. Pero si no lo hace u ofrece algo irrisorio ya esta sabiendo que mi clienta se va a quedar hasta los 65.
Art. 19 ......las mujeres podran optar por continuar su actividad laboral hasta los 65 años de edad...
Mi clienta no sabe que hacer desde ya que solo con la pension no va a poder vivir y en el trabajo ya le estan haciendo la guerra sicologica.
Hola Cristina, el reconocimiento se hace solamente por los años en relación de dependencia...

Para hacer un reconocimiento de períodos comprados por sicam tiene que estar abonada toda la moratoria...

 #155161  por VGalbicka
 
AAAAAAAAhhhhhhhhhhhhhhh mira vos

 #155177  por Ishtar
 
VGalbicka escribió:AAAAAAAAhhhhhhhhhhhhhhh mira vos
Es incorrecto lo que puse????? :? :? :?

 #155181  por VGalbicka
 
Ishtar escribió:
VGalbicka escribió:AAAAAAAAhhhhhhhhhhhhhhh mira vos
Es incorrecto lo que puse????? :? :? :?
No, no Ishtar.
No había leido lo tuyo
el ahhhh es para Cristina que me desasnó con lo del 19, no viste que le preguntaba por que decía 19 para mujeres.
Use 5000 veces ese articulo y nunca me había detenido en esa parte jajajajaj