Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ayuda con sicam por Dios!!!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #151326  por Viracocha
 
REPLANTEO DE UN CASO YA VISTO PERO NO SE COMO SE HACE PA CORREGIR MI MAL PLANTEO!!


Sra Argentina
Nacimiento: 05/08/1932
Cumplio los 18 años el: 05/08/1950
Cumplio los 60 años el: 01/08/1992
Edad Actual: 75 años, 8 meses (A ABRIL DE 2008)
Excedente: 15 años y 8 meses
Computables: 7 años y 10 meses

30 años
-7 años y 10 meses de excedente de edad
_________________________________
22 años y 2 meses necesita completar


--- En historial de categorias figura:

CAT DESDE HASTA ACT.

B 07/2003 02/2007 297 AUTONOMO
T3CATII 03/2007 03/2008 302 AUTONOMO

TOTAL: 4 AÑOS Y 8 MESES APORTADOS


--- En Padron Historico de autonomos: Se confirma lo del Historial de categorias, con aportes prolijamente realizados en esos 4 años y moneda

--- Nunca trabajo en relacion de dependencia (confirmado)

MIS DUDAS SON LAS SIGUIENTES:

1- COMO HAGO PARA HACER DESAPARECER ESOS 4 AÑOS DE APORTES
Y ASI PODER UTILIZAR LOS 7 AÑOS DE DDJJ ? SE EMPLEA ALGUN BENEFICIO POR ESE PERIODO PARA HACERLO DESAPARECER?

2- EN CASO DE QUE PUEDA HACER LO QUE PLANTEO EN 1, COMPRO 22 AÑOS Y 2 MESES A PARTIR DE LOS 18 AÑOS DE EDAD Y APLICO DDJJ ELIGIENDO 7 AÑOS CAROS?

POR FAVOR AYUDENME QUE ES UNA ABUELA AMIGA!!!!!!! GRACIAS A TODOS DE NUEVO
 #151331  por tornado
 
Viracocha escribió:REPLANTEO DE UN CASO YA VISTO PERO NO SE COMO SE HACE PA CORREGIR MI MAL PLANTEO!!


Sra Argentina
Nacimiento: 05/08/1932
Cumplio los 18 años el: 05/08/1950
Cumplio los 60 años el: 01/08/1992
Edad Actual: 75 años, 8 meses (A ABRIL DE 2008)
Excedente: 15 años y 8 meses
Computables: 7 años y 10 meses

30 años
-7 años y 10 meses de excedente de edad
_________________________________
22 años y 2 meses necesita completar


--- En historial de categorias figura:

CAT DESDE HASTA ACT.

B 07/2003 02/2007 297 AUTONOMO
T3CATII 03/2007 03/2008 302 AUTONOMO

TOTAL: 4 AÑOS Y 8 MESES APORTADOS


--- En Padron Historico de autonomos: Se confirma lo del Historial de categorias, con aportes prolijamente realizados en esos 4 años y moneda

--- Nunca trabajo en relacion de dependencia (confirmado)

MIS DUDAS SON LAS SIGUIENTES:

1- COMO HAGO PARA HACER DESAPARECER ESOS 4 AÑOS DE APORTES
Y ASI PODER UTILIZAR LOS 7 AÑOS DE DDJJ ? SE EMPLEA ALGUN BENEFICIO POR ESE PERIODO PARA HACERLO DESAPARECER?

2- EN CASO DE QUE PUEDA HACER LO QUE PLANTEO EN 1, COMPRO 22 AÑOS Y 2 MESES A PARTIR DE LOS 18 AÑOS DE EDAD Y APLICO DDJJ ELIGIENDO 7 AÑOS CAROS?

POR FAVOR AYUDENME QUE ES UNA ABUELA AMIGA!!!!!!! GRACIAS A TODOS DE NUEVO
1° pregunta. no creo que puedas porque te marca el cese y encima con turno humm no te recomiendo, en todo caso lo que podrias hacer es renunciar por art 1 de la ley 25321 esos periodos ,pero el primer pago el 03/20033 te quedaria como cese, ygual no te podes tomar los 7 años de ddjj.

lo que te recomiendo es que lo tomes esos aportes como aut. y de ddjj no te tomes nada porque aporto hasta el 2008, sera menos problematico y mas rapido.

es mi opinion. saludos

 #151340  por Viracocha
 
ES DECIR QUE, SI YO LE APLICO EL CESE FICTO ESTE DEBE SER EN EL AÑO 2003 SI O SI? NO PUEDO METERLE UN CESE POR LOS AÑOS 90 PARA ASI TOMARME MAS AÑOS DE DDJJ? GRACIAS VIEJO!

 #151438  por tornado
 
Viracocha escribió:ES DECIR QUE, SI YO LE APLICO EL CESE FICTO ESTE DEBE SER EN EL AÑO 2003 SI O SI? NO PUEDO METERLE UN CESE POR LOS AÑOS 90 PARA ASI TOMARME MAS AÑOS DE DDJJ? GRACIAS VIEJO!
si es por web podrias haberlo hecho pero con turno no te recomiendo.
saludos

 #151499  por Ishtar
 
si es por web podrias haberlo hecho pero con turno no te recomiendo.
saludos
Coincido con lo que dice tornado.

 #151701  por Dani83
 
Como se toman los años de declaracion jurada? Porq lo ingreso con el art 38 y me dice q no se puede tomar.
Gracias

 #151710  por Ishtar
 
Dani83 escribió:Como se toman los años de declaracion jurada? Porq lo ingreso con el art 38 y me dice q no se puede tomar.
Gracias
Porque no utilizas el art.3 de la 24476 que se puede aplicar a períodos mas caros????

Los del 38 van solo hasta el 12/68 y se declaran en el formulario de inicio, yo siempre utilizo el 3 de la 24476...

 #151711  por Dani83
 
Ishtar escribió:
Dani83 escribió:Como se toman los años de declaracion jurada? Porq lo ingreso con el art 38 y me dice q no se puede tomar.
Gracias
Porque no utilizas el art.3 de la 24476 que se puede aplicar a períodos mas caros????

Los del 38 van solo hasta el 12/68 y se declaran en el formulario de inicio, yo siempre utilizo el 3 de la 24476...
Gracias Ishtar!