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  • Primera vez con 980 y Circ. 10/07

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #150742  por sov
 
Hola!
Es la primera vez que necesito usar la 980 y la circ. 10/07 y quería saber si me pueden controlar los calculos para saber si es correcto mi razonamiento:

SABANA DE APORTES (todos con el mismo empleador):
1/1971 a 12/1971 (12 meses)
1/1974 a 12/1974 (12 meses)
1/1975 a 12/1975 (12 meses)

Total 36 meses

Por lo tanto, yo podría invocar (sin presentar CSR) un periodo de 100 meses, ya que en el SIJP figuran 36 y eso es superior al 35%. O sea:

1/1971 a 4/1979 (100 meses)

¿son correctos estos cálculos?

La última: Esta personal no tiene ni CSR ni recibos de sueldos, y además "cree" que la empresa cerró. ¿Hace falta enviar el telegrama solicitando la CSR y que vuelva rechazado para presentarlo en el turno, o es suficiente con invocar la 980 y la circ. 10/07 en la SPP?

 #150792  por DoctorCuervo
 
Hola:
Podes invocar en total hasta 102 meses (cada vez que quieras aplicar Circular 10/07, al total de meses que te aparecen en el SIJP debes multiplicarlo por 2,85 para sacar más exacto el 35 %; en este caso te da 102,6 meses, por lo que si empleas 102 meses vas a tener el 35 % acreditado en el SIJP, cosa que no ocurre si tomas de más, o sea 103 meses).
Lo que si tenes que tener en cuenta para aplicar esta Circular, es no solo que te aparezca el 35 % en el SIJP, sino que también tenes que ver si hay en el mismo ALTAS o BAJAS, ya que en este caso te limitan el desde y/o el hasta cuando podes denunciar relación laboral si necesidad de acompañar Certificación de Servicios.
En cuanto a la última parte de tu mensaje, solo debes invocar en la solicitud la Res. 980/05 sin necesidad de acompañar probanza alguna como ser Telegrama. (Si observas la Circular, hace mención que se aplica la misma "...aunque la empresa se encuentre activa."
Suerte. Mgl

 #150942  por lgaray
 
Considero igual que Dr. Cuervo podés invocar hasta el 06/1979, si te aparece tal cual en el SIJP

 #150947  por ilvinavaleria
 
te agrego, en algunas udai piden el telegrama. Si la empresa esta activa y el mismo no vuelve, imprimis la constancia por internet y eso sirve como prueba. Ademas para aplicar la 980 controla que esten las transferencias. Saludos!