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  • FUTURO FALLO DE LA CORTE POR LOS AMPAROS????????????

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #147818  por PARANA
 
Hola amigos
Hoy en ANSES me dijo un empleado que estaba a punto de salir un fallo de la corte por el cual le denegaría el beneficio jubilacion con moratoria 24476 a las pensionadas.-
La verdad es que no se si creerle demasiado, pero la verdad es que se me prendió la alarma, así que si alguien sabe algo le agradecería que me cuente
abrazosssssssssssssss

 #147861  por VGalbicka
 
Hablas de un amparo ya iniciado no?
En realidad lo único que se discute en este momento es que lo pueda hacer en cuotas.
La inconstitucionalidad versa respecto de que una resolución interna de ANSES esta limitando el alcance de una ley nacional (discutible)

El jueves lo veo a Lorenzetti y le pregunto. jajajajajja perdón. Es probable que así sea, yo lo encuentro difícil, porque ya salieron amparos favorables a las pensionadas y esto sienta precedente (hace cosa juzgada respecto de las partes), si cambiaran el criterio (y es la misma corte) se afectaría la garantía constitucional de igualdad ante la ley.
Pero habría que conseguir los fallos que salieron favorables para leer los fundamentos, yo en su momento los busque pero no están publicados, se que alguna de las chicas del foro tuvo uno favorable así que si lo facilita...
Digo que puede ser porque ahora con los reajustes, puede que el sistema se vea en problemas, pero no se sabe.
No le des bolilla a los empleados muchas veces DELIRAN.
Y si vos planteaste un recurso es porque en el momento que lo hiciste el panorama legal era viable, así que no te preocupes. Si cambia el criterio ya veremos que se hace. La bola mágica para saber cuando la corte cambiará de criterio ¡no la tenemos! ni viene con el diploma

 #147871  por andrea1982
 
Si me permitís que te corrija...

El jueves lo veo a Lorenzetti y le pregunto. jajajajajja perdón. Es probable que así sea, yo lo encuentro difícil, porque ya salieron amparos favorables a las pensionadas y esto sienta precedente (hace cosa juzgada respecto de las partes), si cambiaran el criterio (y es la misma corte) se afectaría la garantía constitucional de igualdad ante la ley.
Y si vos planteaste un recurso es porque en el momento que lo hiciste el panorama legal era viable, así que no te preocupes. Si cambia el criterio ya veremos que se hace. La bola mágica para saber cuando la corte cambiará de criterio ¡no la tenemos! ni viene con el diploma


Para Bidart Campos, el amparo hace cosa juzgada material, en cambio para Sagüés hace cosa juzgada formal.
El art. 13 de la ley 16.986 dice: "La sentencia firme declarativa de la existencia o inexistencia de la lesión, restricción, alteración o amenaza arbitraria o manifiestamente ilegal de un derecho o garantía constitucional, hace cosa juzgada respecto del amparo, dejando subsistente el ejercicio de las acciones o recursos que puedan corresponder a las partes con independencia del amparo".
Un tribunal superior pueda revisar y fallar de manera contraria, más siendo la CSJN, si el fallo es de una cámara, la via recursiva será el recurso extraordinario o bien la queja.
El hecho de que haga cosa juzgada no implica que siente un precedente.
La CSJN puede cambiar su criterio, la jurisprudencia no es vinculante y además el control de constitucionalidad es para el caso concreto, así que podrían fallarle a una pensionada a favor y a otra en contra encontrandose éstas en diferentes circunstancias sin violentar el ppio. de igualdad ni la seguridad jurídica.

Saludos

 #147895  por dsncorp
 
Aca en Corrientes hacen lugar a la medida cautelar por lo que todas las pensionadas estan cobrando. En entre rios no hacen lugar a la medida cautelar pero se concede al solo efecto devolutivo, declarando la inconstitcionalidad, al menos en primera instancia de dicha resolucion y decreto. saludos.

 #148016  por cinti2
 
Hola, les cuento que yo tengo iniciado un amparo y la anses contestó el informe citando un fallo firme de la Sala I de la CFSS en la que se deniega el amparo. Los autos son "Schaab c/ PEN". Yo fui a buscar el fallo a la sala, ya que no está publicado, y los fundamentos para denegarlo es que supuestamente esa cuestión requiere mayor debate y prueba que la que se puede realizar en un amparo, por lo que se rechaza por no ser la vía idónea. No sé si ya habrá fallos firmes de otras salas en los que se conceda el amparo, pero al leerlo me preocupé. Saludos, Cintia

 #148034  por VGalbicka
 
Claro Andre que la Corte puede cambiar de opinion.... y no me refieria a cambiar un fallo de Camara que para eso estan. Me referia a que normalmente la Corte trata de no cambiar de opinion pendularmente, y màs si se trata de la misma integracion de la Corte.
Sobradas muestras hay de que el criterio puede cambiar y de hecho cambia. Sino mira el curso de estos fallos:
FALLOS:
- CHOCOBAR, SIXTO CELESTINO
- SÁNCHEZ, MARIA DEL CARMEN
- GONZALEZ, ELISA
- FERNÁNDEZ, PAULINO
- ITZCOVICH, MABEL
- TUDOR, ENRIQUE JOSE
- SIROMBRA, LUCILA
- ZAGARI, JOSE MARIA


Pero yo no me referia a eso.

 #148228  por dsncorp
 
Aclaro, yo presento acciones de inconstitucionalidad no amparos, saludos.

 #148304  por andrea1982
 
Para mi es más idónea la mere declarativa que el amparo.... :roll: Pero opino como estudiante... no sé en la práctica.