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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #143369  por vainillaparedes
 
Hola ,buenas tardes ,hace mas de 2 meses inicie una jubilacion el sr tenia relacion de dependencia desde el año 1960,presente las certificaciones ,pero aun sigue en verificacion ,crei que con presentar las certificaciones no iba a verificacion ,alguien me podria decir si es tan amable que me olvide de presentar y en que consiste el anexo II,perdonen mi ignorancia ,saludos

 #143654  por GIOVANA
 
Tengo entendido que igual va a verificación, aunque presentes la cerificación de servicios.
Con respecto al Anexo II, es el de la Circular GP Nº 17/08, formulario declaración jurada (que si/no se percibe ningún beneficio, pensión contributiva, no graciable, jubilación ect.) para titulares domiciliados en jurisdicciones no adheridas al SIJP, además de la presentación de certificación negativa.

 #143666  por Ishtar
 
GIOVANA escribió:Tengo entendido que igual va a verificación, aunque presentes la cerificación de servicios.
Con respecto al Anexo II, es el de la Circular GP Nº 17/08, formulario declaración jurada (que si/no se percibe ningún beneficio, pensión contributiva, no graciable, jubilación ect.) para titulares domiciliados en jurisdicciones no adheridas al SIJP, además de la presentación de certificación negativa.
No Giovana no es el de la circular 17 sino el de la Nro 10...

Vainilla,el anexo II es para cuando todos los aportes en rel de dependencia figuran en sijp, no tenes que presentar certificaciones, en ese caso pedis aplicacion de la 980 y presentas firmado este anexo II ...

Te salva de que lo envien a verificacion...

Hilando mas fino...depende el perìodo...en relacion al porcentaje que debe figurar en sijp para invocar la 980 y que no vaya a verificacion...lee la 980 y ahi estan los percentajes...

 #143807  por ROS55
 
Hola! En cuanto a la resolución aplicable es la que te dice ishtar o sea res. 980 y circ. 10. Cuando hay relación de dependencia en la planilla de iniciación de la jubilación debés citar en observaciones esta res. y circ. que significan que se tome como válido lo que está en sijyp de Ansés y de esta forma te eximís de presentar certificaciones de servicio. Pero ojo , en cuanto a RRDD anteriores a 1970, que es tu caso, tardan más o menos 6 o más meses porque sí o sí van a VERIFICACIÓN, así que no te preocupes por la demora. Saludos

 #144236  por margot
 
A mí me parece que el ANEXO II al que se refiere la consulta es la respuesta al Requerimiento al Area Activos que han formulado por los servicios anteriores al 70.-
Como en el SIJyP no hay información (salvo que haya afiliación que entonces está probado el período) se pide el ANEXO I a Activos; la respuesta de eso es el Anexo II que posiblemente te hayan dicho que está esperando el trámite.-

 #144239  por margot
 
Amplío: el expte. en ese caso está en estado 19 hasta tanto se recepciones el Anexo II.

 #144316  por vainillaparedes
 
gracias ,seguire esperando ,saludos