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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #142084  por edtealla
 
hola estimados colegas, les paso a contar me llegaron varios casos del reclamos por el Dto 1490/02, de la documentacion acercada surge que ya esta agotada la via administrativa y por ende la judicial por que en este caso es de Gendarmeria y el director Nacional dispuso el 01/09/05 rechazar con caracter general los reclamos relacionados con la aplicacion del decreto antes mencionados, pregunta se puede hacer algo? los clientes me digeron que la via idonea es el amparo, sinceramente no se por que, si alguien lo sabe por fabor digamenlo, y si por ahi anda dando vuelta algun modelito del referido amparo o si corresponde el reajuste y tambien el modelo, para afinsar la premisa de que somos grandes copistas!!!!!!!!!!!! :lol: :oops: digo GRACIAS

 #142137  por eliar
 
Hola, conozco el tema, te explico, si el director Nacional dispuso rechazar con caracter general los reclamos... significa que les agotó la instancia administrativa y por ende tienen q iniciar juicio, fijate la ley 19549, de Procedimientos administrativos.
Por otro lado, por lo q se aun no hay sentencia de la CSJN acerca de los juicios por el Dec 1490, hay sentencia de 1ra inst y no se si de camara.

Si queres mandame un mail y te explico acerca de los distintos reclamos.

 #142453  por solesoni
 
eliar escribió:Hola, conozco el tema, te explico, si el director Nacional dispuso rechazar con caracter general los reclamos... significa que les agotó la instancia administrativa y por ende tienen q iniciar juicio, fijate la ley 19549, de Procedimientos administrativos.
Por otro lado, por lo q se aun no hay sentencia de la CSJN acerca de los juicios por el Dec 1490, hay sentencia de 1ra inst y no se si de camara.

Si queres mandame un mail y te explico acerca de los distintos reclamos.
Hola me gustaría tambien que me explicaras algo sobre el 1490 y otros reclamos relacionados! Saludos.

 #142552  por solesoni
 
solesoni escribió:
eliar escribió:Hola, conozco el tema, te explico, si el director Nacional dispuso rechazar con caracter general los reclamos... significa que les agotó la instancia administrativa y por ende tienen q iniciar juicio, fijate la ley 19549, de Procedimientos administrativos.
Por otro lado, por lo q se aun no hay sentencia de la CSJN acerca de los juicios por el Dec 1490, hay sentencia de 1ra inst y no se si de camara.

Si queres mandame un mail y te explico acerca de los distintos reclamos.
Hola me gustaría tambien que me explicaras algo sobre el 1490 y otros reclamos relacionados! Saludos.
Disculpa, a que mail te escribo? saludos!