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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #141069  por fernandez rocio
 
hola amigos foristas... una pregunta una señora que jubile en el 2006 por ama de casa, fallecio su marido siendo jubilado cuanto se cobra la pension?
gracias
la verdad que nose que decirle :lol:
 #141092  por fernandez rocio
 
y una preguntita mas a ver si podes ayudarme, en la misma liquidacion me reintegran el sepelio? yo lo voy hacer por internet...

 #141097  por andrea1982
 
Uy! la verdad es que no entendí bien la pregunta y no quiero responderte cualquier cosa. Te referís al reintegro que debiera hacerte PAMI por el sepelio? Eso, entiendo yo, se tramita en PAMI, pero no estoy segura porque nunca lo hice.
 #141103  por fernandez rocio
 
sisi exactamente bueno gracias igual voy a ver como hago
graciasssssssssssssss

 #141106  por andrea1982
 
Agrego algo, el SICAM se puede cobrar aparte.

 #141145  por VGalbicka
 
En el caso de algunas jubilaciones que son más costosas que otras...lo que hago es cobrar los gastos por separado, por ejemplo cuando hay que dar bajas en AFIP, Ingresos Brutos y cuando hay que hacer reconocimientos en otras cajas previsionales. Porque de otra forma algunos beneficios son antieconomicos.
No es justo que ganar lo mismo por una pensión derivada o por una JAAP que por una de rel de dependencia en 6 trabajos distintos, con distintas cajas y SICAM con unificacion de cuentas y la mar en coche.... como me ha pasado jajajaj

 #141148  por andrea1982
 
jeje Tengo un topic enterito con una discusión sobre el tema con David, les paso el link... al final terminó en una suerte de agencia matrimonial (frustrada), por supuesto que la discusión la gane yo por más que a David no le guste :lol: , pero se sumó alguien más que dijo algo interesante con respecto a lo que dice VGalbicka.
Última edición por andrea1982 el Sab, 05 Abr 2008, 22:33, editado 1 vez en total.

 #141151  por andrea1982
 
:lol:
Cito a pmaiarota

"...No es lo mismo una jaap, que una de servicios como estibador con reco en ips y convenio internacional.
Obviamente que ese tramite hay que cobrarlo 6 u 8 habres, simplemente por el hecho de que ni el 10% de los abogados previsionalistas saben como hacerlo.
Igualmente al respecto ya se expidio el presidente del colegio de abogados de MDP y dijo justamente eso, la ley establece 2 haberes, pero se debe entender que dicho honorario es para un tramite simple que no requiera diligencias especiales. Esto lo dijo, a raiz de la consulta del tribunal de disciplina del mismo colegio.
Te doy un consejo, no hay verdades absolutas!!! pensalo.
sls.
Pablo"

 #141231  por dr_davidquintana@hotmail.
 
andrea1982 escribió:jeje Tengo un topic enterito con una discusión sobre el tema con David, les paso el link... al final terminó en una suerte de agencia matrimonial (frustrada), por supuesto que la discusión la gane yo por más que a David no le guste :lol: , pero se sumó alguien más que dijo algo interesante con respecto a lo que dice VGalbicka.
epa epa epa... como es eso de que la discusion la ganaste vos? jajaja, que yo sepa no discuti en ningun momento jajajaja